Seguros sociales aplazados

¿La parte de seguros sociales aplazada para dentro de 2 años debe quedarse en la cuenta 476 o hay que pasarla a otra cuenta?
Gracias

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Si debe quedar en la cuenta 476, aunque yo abriría una subcuenta 476.1 para esta partida, así podrás tenerla bien identificada para cuando hagas el pago, esto no te influye en el Balance de Situación, ya que te suma los saldos de las distintas subcuentas.
Ten cuidado cuando se haga el pago de contabilizar bien las cantidades, pues te incrementarán los gastos, penalización, intereses, etc., que no deben ir a la 476, ya que te descuadraría los saldos.

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