Factura rectificativa o nota de abono

El año pasado he hecho una factura a un cliente, la cual me olvidé de enviársela. Esa factura era con retención, la cual el cliente no ha ingresado. ¿Qué debería hacer ahora? ¿Una factura rectificativa o una nota de abono y hacerle la factura nueva con fecha actual?. ¿La factura rectificativa lleva otra numeración? ¿Y los importes son negativos?.
SAludos

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Atención, si tú has hercho la factura con la retención, eres tú quien tenia que hacer el ingreso a través del mod. 110, y tu cliente incluirlo en la renta.
Si no has hecho el ingreso haz una factura de abono en concepto de anulación fra. anterior y con fecha de este año una nueva.
Soy un profesional y en todas mis facturas figura la retención, que efectivamente son los clientes los que tienen que hacer el ingreso, ya que yo lo descuento en la factura que les hago. Como me he olvidado de dársela, ¿entonces estaría bien que yo hiciera una nota de abono cancelando la del año pasado y hacer este año una nueva?. ¿La nota de abono tiene su propio numero?.
Desde ya muchas gracias por tu respuesta
Perdona pero estas equivocado, la retención la haces tú a tus clientes, por lo que eres tu quien tiene que hacer el ingreso en Hacienda.
Con respecto a la fecha si que sea la actual y número de factura también el correralativo al de ahora, tanto el abono como el carbo
Atención perdona que estabo yo equivocado, ya que tu haces la factura y ellos declaran la retención, no tienes ningún problema, con las facturas de abono y cargo retificativa

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