Iva de impago
Tengo que hacer una factura rectificativa sobre otra que resultó impagada y tengo varias dudas al respecto.
La fecha de la factura original es junio 2011. El impago está reclamado por monitorio aunque aun no tengo respuesta. Ingresé el IVA correspondiente y de momento doy por perdido el cobro porque el deudor está "desaparecido", así que quiero recuperar ese IVA al menos.
Han pasado 6 meses desde la emisión de la factura, es un particular y son más de 300 euros, es decir, se dan todos los supuestos necesarios. Ahora debo emitir esa factura rectificativa, pero ¿Qué fecha lleva, la de ahora o la misma de la original con los cambios oportunos? ¿Tengo qué comunicar a mi deudor esta factura? Solo tengo una dirección que me dio y que creo que es falsa. ¿Sirve comunicarlo por e-mail? Es un cliente no profesional.
Se reduce la base imponible, ¿pero de qué ejercicio? ¿Del actual o del año pasado?
A Hacienda le tengo que presentar algo que justifique la reclamación judicial. ¿Basta con el monitorio con el sello de admisión cuando lo presenté en el juzgado?
Estoy en plazo del resumen anual del IVA, modelo 390, ¿debo incluir aquí la base a reducir o lo hago aparte?
Si me resuelve estas dudas sin remitirme a otra web le agradeceré sinceramente su interés.
La fecha de la factura original es junio 2011. El impago está reclamado por monitorio aunque aun no tengo respuesta. Ingresé el IVA correspondiente y de momento doy por perdido el cobro porque el deudor está "desaparecido", así que quiero recuperar ese IVA al menos.
Han pasado 6 meses desde la emisión de la factura, es un particular y son más de 300 euros, es decir, se dan todos los supuestos necesarios. Ahora debo emitir esa factura rectificativa, pero ¿Qué fecha lleva, la de ahora o la misma de la original con los cambios oportunos? ¿Tengo qué comunicar a mi deudor esta factura? Solo tengo una dirección que me dio y que creo que es falsa. ¿Sirve comunicarlo por e-mail? Es un cliente no profesional.
Se reduce la base imponible, ¿pero de qué ejercicio? ¿Del actual o del año pasado?
A Hacienda le tengo que presentar algo que justifique la reclamación judicial. ¿Basta con el monitorio con el sello de admisión cuando lo presenté en el juzgado?
Estoy en plazo del resumen anual del IVA, modelo 390, ¿debo incluir aquí la base a reducir o lo hago aparte?
Si me resuelve estas dudas sin remitirme a otra web le agradeceré sinceramente su interés.
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