Interés de proveedores por aplazamiento de pago

Uno de mis proveedores me ha pasado un cargo "exento" en una factura correspondiente a intereses por aplazamiento de pago. ¿Cómo lo contabilizo?
Yo había pensado en una (D)6624 "intereses de deudas por otras empresas" A 400 (Proveedores).

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Respecto a la contabilización, efectivamente podrías utilizar la 662.4 pero no tratándose de un préstamo en sentido estricto, yo utilizaría otra cuenta, la 669 Otros gastos financieros. El contabilizarlo en la 662 podría dar lugar a equívocos a la hora de interpretar el balance.
Respecto a que estuvieran "exentos" de IVA, se me planteaban ciertas dudas, por lo que buscando en AEAT he encontrado esta consulta:
Titulo: impuesto sobre el valor añadido
Capitulo: base imponible
Subcapitulo: entregas de bienes / prestaciones de servicios
Referencia: 107076-intereses por aplazamiento o demora
Pregunta: ¿Se incluyen en la base imponible del impuesto los recargos pactados entre proveedor y cliente por cobrar a 30 o 60 días, o dichos recargos están considerados exentos?
RESPUESTA: No se incluyen en la contraprestación los intereses por el aplazamiento o demora en el pago del precio usualmente aplicados en el mercado, posteriores a la entrega de bienes o prestación de servicios, siempre que se hagan constar separadamente en la factura emitida por el sujeto pasivo.
NORMATIVA: Artículo 78 Dos Ley 37 / 1992, de 28 de Diciembre de 1992 .

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