Necesitaría saber como puedo contabilizar las cantidades de caja que coge el jefe y que sólo cuentan con un justificante en el que dice que lo ha recibido. ¿A qué cuenta tengo que llevarlo?.
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Respuesta de davidartal
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davidartal, Asesor fiscal y contable con experiencia de mas de 10 años en...
Si piensa devolverlo en un periodo de tiempo corto a la 551 Si no piensa devolverlo en CP y atendiendo al art. 16 de la ley del impuesto de sociedades en lo que se refiere a operaciones vinculadas a de tratarse como un préstamo al tipo de interés que fije el banco de España para el precio legal del dinero por el que la empresa pagará en el momento del devengo (se pague o no, exista contrato o no) el 18% de retenciones a través del modelo 123. El socio debe declarar estos intereses (se cobren o no) en su declaración de la renta. Estos intereses tributan al tipo marginal (entre el 24 y el 43%) La cuenta donde contabilizarlo es la (1635). Ojo con las operaciones de este tipo hechas desde febrero de 2009 ya que desde entonces es exigible la documentación relativa a la descripción y justificación de la operación. El hecho de no tenerla supone fuertes multas. Por favor finalice la pregunta y puntúe la respuesta si no tiene más dudas al respecto