Pago del kilometraje 2009
Soy de Vizcaya y trabajo como "azafata" en una agencia de eventos, hasta la fecha veníamos siendo contratadas bajo esta categoría profesional, pero actualmente en nuestro contrato aparecemos como "promotoras". En cualquier caso, para el desempeño del trabajo no disponemos de vehículo de empresa ya que son acciones muy determinadas y nuestros contratos son por obra o servicio, así pues usamos nuestro vehículo personal. Al mes realizo aproximadamente unos 900 km, y trabajo aproximadamente 8 noches al mes, una puede ser a 20 km de mi casa y otra a 120 km. Lo que ocurre es que no nos pagan una cantidad de dinero concreta por kilómetro sino que nos meten en un baremo en el cual la escala de pago es la siguiente:
¿Hasta 30 km 7?
De 30 a 100 km 17 ?
De 100 km a 200km 30 ?
Y de 200 km a 300 km 50 ?
¿Yo entiendo que esto es así ya que son trabajos individuales por lo tanto la noche que me desplazo 20 km cobraría 7? ¿En concepto de desplazamiento y la noche que hago 250km cobraría 50?. No obstante, nos lo contabilizan de otra forma: si hago 908km, me pagarían 3 grupos de 300km, esto es, ¿50? X 3= 150?, ¿Más 8km restantes 7? (Kilómetros que en ocasiones ni nos los pagan), ¿en total 157?.
Otro punto es que no nos los meten en nómina.
¿Esto es legal? No he encontrado información al respecto ni convenio colectivo, en muchas ocasiones las acciones que desempeño son en otras provincias, ¿puede ser influyente?
Desde luego, en general no existen medios de transporte públicos a las horas que trabajamos (horario nocturno) y además desempeñamos nosotras mismas la función de transportar los materiales necesarios para realizar las acciones promocionales (tampoco contemplado en el contrato).
¿Alguien puede poner un poco de luz en todo este tema?
¿Hasta 30 km 7?
De 30 a 100 km 17 ?
De 100 km a 200km 30 ?
Y de 200 km a 300 km 50 ?
¿Yo entiendo que esto es así ya que son trabajos individuales por lo tanto la noche que me desplazo 20 km cobraría 7? ¿En concepto de desplazamiento y la noche que hago 250km cobraría 50?. No obstante, nos lo contabilizan de otra forma: si hago 908km, me pagarían 3 grupos de 300km, esto es, ¿50? X 3= 150?, ¿Más 8km restantes 7? (Kilómetros que en ocasiones ni nos los pagan), ¿en total 157?.
Otro punto es que no nos los meten en nómina.
¿Esto es legal? No he encontrado información al respecto ni convenio colectivo, en muchas ocasiones las acciones que desempeño son en otras provincias, ¿puede ser influyente?
Desde luego, en general no existen medios de transporte públicos a las horas que trabajamos (horario nocturno) y además desempeñamos nosotras mismas la función de transportar los materiales necesarios para realizar las acciones promocionales (tampoco contemplado en el contrato).
¿Alguien puede poner un poco de luz en todo este tema?
2 respuestas
Respuesta de dleto
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Respuesta de jfsanchez
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