Contabilidad oro segunda mano

Mi pregunta es acerca de la contabilidad para un negocio de compraventa de oro usado, verás se que el iva soportado no es deducible el problema es que no se como contabilizar las facturas de gasto, porque no sé si:
1. Poner el total de la factura todo como base imponible.
2. Desglosar el iva soportado y la base imponible y después en la regularización del iva llevar la cuota de iva a deducir a la cuenta 634 (Ajustes negativos iva), pero en realidad en el mod. 303 en la casilla 22 donde pone BI debe ir la base más el iva, ¿no?.
En fin verás que tengo bastante lio, te agradecería me aclararás esta situación así como cualquier tipo de sugerencia contable acerca de como contabilizar esta empresa.

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Si toda tu actividad es exenta de IVA (compra venta de oro usado), entonces:
1.- Tu prorrata es cero
2.- En los registros de IVA se incluye el IVA como no deducible al 100%
Se contabiliza el gasto por la suma total de las facturas, y creo que no estás obligado a realizar el modelo 303 por ser toda la actividad exenta (como lo médicos).
Muchas gracias, pero cuando dices "En los registros de IVA se incluye el IVA como no deducible al 100%" ¿a qué te refieres?.
Por otro lado una factura de gastos podría ser así:
(600) a (400)
(472.0)
Más que nada para poder hacer la regulariz. Trimestral y a final de año sacar el mod.347 así como el libro de facturas recibidas.
Saludos y gracias.
Hola, no quisiera molestar pero me gustaría saber si la última aclaración que te pedí es una buena solución o me aconsejas contabilizar de otra manera las facturas de gasto.
Gracias y saludos
Si toda tu actividad es exenta de IVA, no hace falta desglosar el IVA soportado. Se contabiliza por totales facturas, pero el libro de IVA debe indicar que la cuota es xxx, xx y que es no deducible (hay libros especiales para eso).
El problema es cuando tienes operaciones sujetas y otras exentas, que durante el año se hace figurar el importe deducible el año anterior (p. Ej., el 59,20%) y a fin de cada año se regulariza.
No había recibido esa última aclaración del 3/6/10.
Hola, gracias por contestar pero sigo teniendo una duda si yo contabilizo por totales en el contaplus. Es decir,
(600)   a (400)
Sin iva, el libro de registro del contaplus no me reflejara la cuota de iva que es no deducible.
Si no entiendes mi duda me lo dices, gracias.
Saludos
Yo lo contabilizaría así, sin desglose de IVA, por que Contá+ no tiene la opción de IVA no deducible (¿correcto? ), de la 600 a 400
No tiene la opción de iva exento pero si tiene la opción de escoger el tipo de régimen cuando contabilizo, concretamente yo podría elegir el régimen especial de oro inversión y en la ventana de introducción de datos en la cuenta de iva soportado puedo poner la cuota a cero y la base imponible no se si ponerla por el total de la factura (que en la cuenta 600 si que va por el total) o poner en dicha pestañita de la ventana de opción de iva la base imponible que en la factura se refleja.
O si por el contrario considerás que es mejor no hacer este registro y poner de las 600 a la 400.
La verdad, ya no sé que es lo más correcto. Te agradecería tu opinión.
Muchas gracias y saludos.
Si informas de que estás en régimen especial, introduce una factura indicando que es de este régimen y ponla con el IVA y la Base desglosada, y me dices como contabiliza. Si omite el IVA (lleva el total factura a la 600), eso es lo más correcto.
Si no, tendrás que contabilizar sin desglose

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