Descuento de deuda

Tenemos una factura pendiente con un proveedor nuestro del 2009 por valor de 5.000 euros.
Acabamos de llegar a una cuerdo para pagar dicha factura; wl importe que pagamos ahora pra saldar TOTALMENTE la deuda es de 2.500 euros, es decir una rebaja del 50%.
Esta parte que nos descuenta a que cuenta la llevaría.

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Esto es lo que se denomina "una quita". Te perdonan la deuda. Supongo que el proveedor no va a emitir factura de abono. Si la emitiera solo tendrías que contabilizarla.
Si no la emitiera, entonces debes llevar la diferencia a ingresos extraordinarios (o excepcionales, que se llamana en el PGC2007).

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