Libros al registro

Para llevar los libros al registro, ¿se pueden llevar en papel o telemáticamente? ¿Los tienen que firmar el administrador? ¿Y las cuentas anuales? Tengo un poco de lio

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Hay cuatro formas diversas de legalizar los libros contables:
1-Diligenciando los libros en blanco, ya sea en folios encuadernados o sueltos. Luego ya no se han de presentar en el Registro una vez rellenados, hasta que se acaben y tengas que legalizar otros nuevos. Tienen que estar firmados por el administrador. Es una opción cómoda, salvo lo de rellenar a mano (se pueden rellenar con ordenador si los folios están sueltos).
2-Diligenciando libros ya impresos y encuadernados de forma que no se puedan sustituir las hojas. Hay que llevarlos todos los años al Registro y luego ir a recogerlos. El administrador debe firmar una declaración en el mismo libro y la instancia de presentación.
3-Presentándolos en soporte digital, ya sea diskette o CD. Pasa lo mismo que en el caso anterior: hay que llevarlos y luego recogerlos. El administrador debe firmar la instancia de presentación.
4-Por vía telemática. Es la más cómoda. Previamente hay que tener un certificado de usuario válido y darse de alta en el Registro comprando allí además una llave USB de seguridad (¿60? Aprox.), descargarse un programa que lee el archivo en diversos formatos y remitirlo a través de la página web del Servicio de Certificación de los Registros. El administrador no debe firmar nada, salvo el alta de usuario y el alta en el Registro. Las asesorías disponen de certificados que permiten presentar en nombre del empresario los libros y las cuentas.
Con las cuentas anuales pasa algo parecido pero más simplificado: solo hay dos formas: en papel y telemáticamente.
La presentación en papel exige comprar previamente los impresos oficiales en el Registro. Rellenar a mano o a máquina esos impresos (por duplicado) y firmar todas las hojas todos los miembros del órgano de administración.
Por vía telemática, también es más cómodo, puesto que con los mismos requisitos previos que para los libros, descargando un programa que te permite rellenar los impresos y adjuntar una copia de la memoria en PDF, se envían sin tener que firmar nadie, tan sólo con una huella digital que genera el mismo programa.
Este método, a parte de la comodidad en la presentación está la comodidad en resolver las incidencias puesto que las notificaciones las hacen por correo electrónico y las puedes resolver de la misma forma. De lo contrario, hay que personarse en el Registro, con la consiguiente pérdida de tiempo no sólo en el desplazamiento, sino en las colas que se forman especialmente los últimos días de plazos.
Creo que la gran mayoría de Registros (si no todos), están adaptados al sistema telemático.

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