Asociación exenta de iva

Somos una asociación cultural y a principios de este mes la Agencia Tributaria nos reconoce la exención de iva en la prestación de los servicios que realizamos, ya me aclararon en hacienda que a la hora de hacer las declaraciones trimestrales debo poner sin actividad y que el iva soportado no puedo pedir su devolución, pero cuando paso las facturas de compras en el programa de contabilidad no se si desglosar el iva a la 472 correspondiente o simplemente registrar el gasto y el proveedor. Muchas Gracias.
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En una asociación sin animo de lucro, si usted no tiene actividad económica, y tiene concedida la exención del IVA, no ha de presentar declaración de IVA o de Impuesto de Sociedades. No ha de estar dado de alta en el régimen de IVA ni obligado a presentar IS, por lo tanto, si lo esta, ha de modificarlo con el correspondiente 036/037. Si ha de presentar declaraciones correspondientes a retenciones (como alquiler, profesonales o empleados).
Para la asociación, el IVA esta incluido el precio del servicio, por lo tanto no ha de desglosar en la cuenta 472, tampoco en los donativos se hace desglose de IVA en la 477.
Si su programa informático no lo permite, tendrá que utilizar una cuenta de IVA 0%.
Agradecemos valoración de la resupesta.

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