Asociación exenta de iva
Somos una asociación cultural y a principios de este mes la Agencia Tributaria nos reconoce la exención de iva en la prestación de los servicios que realizamos, ya me aclararon en hacienda que a la hora de hacer las declaraciones trimestrales debo poner sin actividad y que el iva soportado no puedo pedir su devolución, pero cuando paso las facturas de compras en el programa de contabilidad no se si desglosar el iva a la 472 correspondiente o simplemente registrar el gasto y el proveedor. Muchas Gracias.
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Respuesta de Abogados Edo
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