Facturación asociación sin animo de lucro

Acabo de entrar a llevar contabilidad en una asociación cultural sin animo de lucro y me solicitan de otra sociedad una factura por unos servicios prestados en unas fiestas, ¿puedo emitirles factura exenta de iva? O tengo que hacerla con iva

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Las fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, ong, deben facturar con su IVA correspondiente, siempre y cuando estén dadas de alta en algún epígrafe del IAE y no tengan solicitada la exención del IVA, que podrán solicitarla en función del Art. 20 de la Ley 37/1992 y en el Art. 5 del RD 1624/1992,
Claro esta si no esta en situación de alta en el IAE, no puede facturar con IVA.
En este tipo de empresa, mientras no haya cobro de IVA (facturación), no se podrá deducir el IVA soportado, considerándolo más gasto, aunque se contabilizar en una cuenta del grupo 63.

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