Iva deducible bnes inversión

Tengo una duda referente al inmovilizado qué no se si podría afectar a los modelos 303 y 390 presentados en el 2010. El caso es el siguiente: A fecha de hoy me encuentro preparando todos los ajustes para poder realizar el empuesto de sociedades y el cierre del año 2010, concretamente estoy pasando algunas existencias que se han cogido para la empresa durante el año 2010, a sus cuentas de inmovilizado material, continuando con su amortización, pero entonces me surge la duda de que en los modelos anteriormente mencionados no se incluyeron en el apartado IVA DEDUCIBLE EN OPERACIONES INTERIORES DE BNES INVERSIÓN este inmovilizado. ¿Qué pasa si los incluyo ahora introduciendo asientos en la contabilidad en los diferentes meses del año 2010?. Agradecería me dijeran si esto se puede hacer sin ocasionar ningún problema fiscal.
Respuesta
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Por lo que me ha parecido entender adquiristies existencias que posteriormente han pasado a formar parte de inmovilizados. Supongo que ese iva se habrá declarado dentro del apartado de operaciones corrientes, dejalo tal y como esta, lo más importante es que el IVA esta declarado en periodo y ejercicio correcto.
Si vas a incrementar valor de los inmovilizados porque en ellos incluyes existencias usadas, no influye en nada el iva, ya que los valores que pasas son sin iva.
Muchas gracias por responder tan rápido. Quería comentarle de qué forma estoy incluyendo las partidas de inmovilizado. Algunas la introduzco modificando las fras de compra cambiando parte de la B.I de la cuenta (600) a las cuenta, por ejemplo, (217), y otras a través de un asiento que me han aconsejado aquí de (237) a (733) de la (217) a (237) y de la (610) a (300). Por último, quería preguntarle para que sirve y en qué caso se utiliza el apartado IVA DEDUCIBLE BNES INVERSIÓN.
El apartado de IVA deducible BS de inversión, esta preparado para que cuando se contabiliza una factura como bien de inversión, a la hora de hacer la declaración de IVA ese IVA deducible debe aparecer diferenciado del de operaciones corriente.
Para hacer las modificaciones contables tienes dos opciones, no modificar las facturas de compra, dejándolas como adquisiciones de bienes corrientes y realizar el asiento que me indicas, reconociendo trabajos realizados para el inmoviliado material, o modificar las facturas y que en vez de identificar adquisiciones corrientes, que identifique adquisiciones de bienes de inversión.
Dependiendo de los productos de los que estemos hablando será mejor una vía o la otra. Si es material que habitualmente adquirís en la empresa, la mejor opción es la primera.

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