Como amortizar inmovilizado

Voy a abrir una tienda y haré una inversión inicial de mobiliario muy elevada. Sé que puedo hacer una tabla de amortización y presentarla en hacienda. Hay dos formas, por porcentajes o por años.
¿Cuál me recomendáis? ¿Y en que declaración lo presento, en los módulos o en mi declaración personal? ¿Es deducible? ¿Cómo puedo calcular la deducción?

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Por lo que comentas, estarás por estimación objetiva. Puedes deducirte la amortización de forma anual ( al hacer la renta), y te recomiendo que sigas las tablas de hacienda para que se ajusten a la deducción fiscal legal.
Te recomiendo que lo hagas por porcentaje.
Para calcular la deducción sería como ejemplo:
Imagina que te cueste el mobiliario 30.000€, el porcentaje legal para módulos es actualmente el 25% y 8 años como máximo
Si optas por años: 30.000/8= 3750 te puedes deducir al año como máximo
si optas por porcentaje 30.000*25%= 7500 te puedes deducir al año como maximo
Aquí te dejo un enlace que seguro te ayudará
Saludos y suerte con tu nuevo proyecto!
http://www.gabilos.com/webcontable/amortizacion/modulos.htm
Aclarado a la perfección, pero ¿el motivo de amortizar cual es?
¿Se amortiza la inversión inicial para poder deducir una parte de la renta anual?
La amortización tiene su lógica, cuando adquieres una inversión, ésta se va deteriorando a medida que pasa el tiempo. En tu caso, hacienda estima que tardará como máximo 8 años.
El importe que vas amortizando se "supone" que lo metes a una hucha como si dijéramos, para cuando pasen los 8 años, tengas ese importe y te compres uno nuevo, porque el otro ya no tiene usabilidad.
Por eso te puedes hacer esa deducción, porque es un deterioro que tienes que ir asumiendo como un gasto.

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