Requsisitos de un documento de contabilidad

Mi nombre es Ana y he empezado a trabajar hará un mes en la empresa para llevar la contabilidad.
Uno de los problemas más graves que tengo no es tanto el asiento a realizar 8que también, sino saber si en una revisión de hacienda el soporte documental, facturas recibos etc..)se considerarían como válidos, por ejemplo: las comidas que realizan los trabajadores fueran por motivo de trabajo es claro que es un gastos del grupo 62, pero vale cualquier papel que me traigan justificando esa comida o tienen que ser una factura con todos sus requisitos y sino vale la solución es no contabilizar esa comida o se puede meter de alguna manera.
Entiendo que es una pregunta rebuscanda pero espero que me conteste por favor, necesito ayuda sobretodo practica

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Ante la Inspección de Hacienda sólo son válidos los documentos que cumplen los requisitos establecidos en la normativa tributaria vigente en el ejercicio que sea objeto de revisión.
Las facturas deben ser completas. Los documentos sustitutivos de las facturas (tiques, vales y otros admitidos por las normas tributarias) deben contener la información exigida. Los Libros de Contabilidad (Diario, Mayor e Inventarios y Balances) han de estar legalizados y deben ir acompañados de los comprobantes u otros documentos justificativos de las anotaciones.
En cualquier caso, su consulta, por su complejidad, excede con mucho del ámbito de un foro gratuito. Por ello, le recomiendo que contrate usted los servicios de un asesor - Economista o Abogado - de su confianza y realice el correspondiente encargo profesional.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para cualquier ampliación o para resolver nuevas dudas. Para ello puede utilizar este foro, formulando una nueva pregunta, o bien enviarme un e-mail a [email protected] que es el e-mail de mi despacho profesional. Un saludo.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.
Gracias por todo. No dude que volveré a contar con usted en el futuro.
Hola gracias por la rapidez y la claridad de su respuesta
Me podría decir en que normativa aparecen los documentos sustitutivos de las facturas y la información mínima que deben contener o bien decirme donde dirigirme para que me faciliten esta dirección
Gracias de nuevo.
La normativa vigente hasta el 31 de Diciembre de 2003 estaba recogida en el Real Decreto 2402/1985, de 18 de Diciembre. A partir del 1 de Enero de 2004 la normativa vigente queda recogida en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de Noviembre.
Por su extensión no creo conveniente adjuntar estos textos legales en la respuesta. Sin embargo, si me facilita usted una dirección de e-mail, puedo enviárselos en formato RTF, para que usted pueda utilizarlos con cualquier procesador de texto; o en formato DOC si dispone de Office XP o 2003.
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