Vehículo titularidad del socio

Me gustaría preguntarle cuál sería la mejor solución para una sociedad que utiliza para su actividad un vehículo pero cuyo titular es el socio y que no figura como elemento patrimonial en el activo de la sociedad, por lo que los gastos de gasolina no se pueden deducir. Me ha hablado de formalizar un contrato de arrendamiento entre el titular y la sociedad en el que el socio se tendría que dar de alta en el IAE, llevarlo a otros gastos sociales, ¿tratarlo cómo un activo ouclto? También considerarlo como otros gastos de gestión, ¿pero no sé a qué cuenta del plan llevarlo y qué condiciones tiene que cumplir. Me podría orientar un poco?
Respuesta
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Es cierto si usted hace un contrato de arrendamiento con el socio, puede contabilizar los gastos que supone para la empresa.
Si por ejemplo estuviésemos hablando de un local alquilado, los gastos que produce los podríamos contabilizar, pues en el coso del vehículo, siempre que haya un contrato legal, es lo mismo.
Una vez se tenga el contrato, los recibos tienen que ir contabilizados del 621. Arrendamentos al 572 banco c/c. De esta manera contabilizas el alquiler. Y para contabilizar los gastos, gasolina del 628. Subministros a 572 banco o 570, en caso de pago en efectivo. Para contabilizar el gasto del seguro, 625 a 572. Lo que seria muy importante también es que en el contrato figurara que la empresa se compromete a pagar los gastos que produzca el coche, como el seguro y reparaciones que se produzcan. Reparaciones 622 a 572 banco. En caso de duda me manda otro mensaje
¿Pero esa opción es la mejor? Habría que dar de alta al socio en el IAE porque se consideraría como una actividad económica, ¿no es así? Qué piensa de las otras posibles soluciones que le comento para poder deducir los gastos de gasolina:
-Otros gastos sociales.
-Otros gastos de gestión.No sé a qué cuentas lo podría llevar.
-¿Aflorarlo cómo un activo oculto.Se llevaría a reservas por revalorización?
¿Habría qué cambiar la titularidad y ponerlo a nombre de la empresa?
Gracias y espero su respuesta
Lo mejor sería cambiar los estatutos de la empresa y ponerlo como activo al immobilizado. De esta manera se puede amortizar el vehículo.
Para el tema de IAE, ya no se seguro que se haya de dar de alta, también depende de la sociedad que sea.
El tema fiscal puedes preguntarlo a un gestor o en el foro de impuestos de esta misma comunidad, seguro que te lo aclararan mejor que yo.
Ya no puedo prestarle más ayuda, mis conocimientos llegan hasta aquí.

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