Trabajo en una empresa llevando la contabilidad y tengo una duda a la hora de contabilizar la compra de un teléfono móvil. La duda es que me disminuye el total de la factura por el descuento del programa de puntos. No se si me explico bien, ¿yo tengo una fra. Por un importe de 128,86? Iva Incluido, ¿pero me quitan 103,86? Por el programa de puntos. ¿Cómo contabilizo eso si la base imponible que aparece en la fra. Y el iva corresponden al importe de 128,86?. He llamado al que me suministra el teléfono y me dice que ellos contabilizan el total fra. Pero que el pago de esa fra. Una parte lo paga mi empresa y la otra telefónica.
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
Esta web está teniendo muchos problemas últimamente. Cuando se responden preguntas del "Tablón", en lugar de la respuesta aparece repetido el texto de la pregunta. Ahí va mi respuesta. El "Programa de puntos" de Telefónica es una promoción del operador para incentivar la renovación permanente de los terminales móviles de sus usuarios. Así pues, se trata de una "subvención a fondo perdido" que Telefónica registra contablemente en su cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio. Así pues, el adquirente del terminal debería registrar la diferencia entre el PRECIO REAL del terminal adquirido y el importe PAGADO por el mismo en una cuenta de INGRESOS. Teniendo en cuenta que un terminal telefónico es un elemento del INMOVILIZADO MATERIAL. La "subvención" es a LARGO PLAZO y por tanto el INGRESO ES PRORRATEABLE a lo largo de la VIDA ÚTIL TÉCNICA Y ECONÓMICA del terminal. El registro contable de la adquisición sería: ¿En el momento de adquirir el terminal y aplicar el? ¿Programa?. (2279) Terminales telefónicos móviles Por el importe de la Base Imponible que figura en la factura. (472) Por el importe del IVA soportado. A (572) Por el importe efectivamente pagado por el terminal telefónico adquirido. A (13102279) Programa de puntos de Telefónica. ¿Por el importe de la? ¿Subvención? ¿Asociada al? ¿Programa de puntos?. Al cierre del ejercicio. (68202279) Amortización de terminales telefónicos móviles. A (28292279) Amortización acumulada de terminales telefónicos móviles. Por el importe de la cuota de amortización calculada con criterios ECONÓMICOS y/o TÉCNICOS. (13102279) A (77502279) Subvención del Programa de puntos de Telefónica. ¿Por la parte de la? ¿Subvención? Recibida que se imputa al ejercicio. ¿La? ¿Subvención? Imputada a cada ejercicio económico debe ser proporcional a la amortización practicada. No obstante todo lo expuesto anteriormente, si el valor del terminal es REDUCIDO, la Dirección de la empresa puede optar por considerar su adquisición como un GASTO CORRIENTE. En ese caso, el registro contable sería el siguiente: ¿En el momento de adquirir el terminal y aplicar el? ¿Programa?. (6299) Terminales telefónicos móviles Por el importe de la Base Imponible que figura en la factura. (472) Por el importe del IVA soportado. A (572) Por el importe efectivamente pagado por el terminal telefónico adquirido. A (74106299) Programa de puntos de Telefónica. ¿Por el importe de la? ¿Subvención? ¿Asociada al? ¿Programa de puntos?. En este caso, ¿la? ¿Subvención? ¿Derivada del? ¿Programa de Puntos? Debe considerarse como una SUBVENCIÓN A LA EXPLOTACIÓN y, por tanto, se imputará como INGRESO en el ejercicio corriente. P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.