Son las mercancías que pone a disposición un consignatario a otra perswona llamada comisionista... como su palabra lo dice el comisionista se encarga de vender la mercancía que le confiere el consignatario mediante una posterior comisión por cada venta de cada mercancía. Generalidades El comerciante puede incrementar sus ingresos, aprovechando sus instalaciones y sin tener que invertir sus propios recursos, o contraer obligaciones por adquirir mercancías, dedicando parte de sus actividades a la venta de mercancías en nombre y por cuenta de terceras personas. El mandato o encargo puede ser en forma escrita sin que conste en escritura pública, también puede ser verbal, siempre que se confirme por escrito antes de que concluya el mandato Cuando un comisionista acepte el mandato, deberá de cumplir con las instrucciones del comitente, como forma de venta, (a crédito o al contado) precio de venta, cobros efectuados, rendir un informe de las operaciones efectuadas por cuenta de éste. En el mandato de venta de mercancía, cuando el comisionista recibe la mercancía, no aumenta su activo ya que son propiedad del comitente, por lo tanto no puede registrarlas en sus cuentas de balance, pero por otra parte tiene la necesidad de proporcionar información sobre el valor de éstas, además de controlarlas. Entonces es cuando se controla estableciendo las cuentas de orden, para este fin.
Nada más te quiero decir que muchas gracias por tu respuesta. Con tu respuesta me aclaraste varias dudas y me facilitaste mi exposición