Duda sobre las operaciones intracomunitarias triangulares

Hace poco que trabajo en una empresa se dedica a la distribución de productos fotovoltaicos. Compramos a distintos fabricantes de la UE y nosotros distribuimos el producto a nuestros clientes principalmente de la UE (también en España aunque poca cosa). Lo hacemos o directamente del fabricante al cliente, o pasando por nuestro propio almacén de la empresa en España, o por un centro logístico que tenemos contratado en Alemania.

Entonces, por lo sabido, las operaciones intracomunitarias triangulares son aquellas en que la mercancía va directamente del fabricante de un país A a nuestro cliente de un país B, usando sólo un transporte (ya sea del mismo fabricante o contratado por nosotros). Nosotros somos el intermediario (de otro país C). Compramos la mercancía al fabricante y la vendemos al cliente.

Bien, cuando esto ocurre no hay duda que es una operación intracomunitaria triangular. Ahora bien, con el centro logístico en Alemania, donde tenemos un stock. La mercancía hay veces que sólo para allí unas horas u otras veces que la almacenamos allí algunas semanas. (1) Entonces, me gustaría saber si también se considera una operación triangular, aunque haya entre medias dos transportes distintos (del fabricante hasta el centro logístico... Un tiempo de espera... Y otro transporte hasta el cliente ya sea contratado por nosotros o del mismo cliente). (1)

(2) Por lo entendido estas facturas no se facturan con IVA, informándolo en la misma porque es una operación intracomunitaria triangular (¿también hay que hacer constar el artículo de la ley?), y tiene que llevar la información del fabricante (NIF, país...) de donde y a donde va la mercancía y la info del cliente final. ¿Es correcto? (2)

(3) Otra cosa, si se adquiere la mercancía en el mismo país donde está el cliente final ya no sería triangular supongo, ¿sería sólo intracomunitaria? Y si la mercancía se adquiere al mismo país que el cliente final, ¿pero viaja por otros paises? (Por ejemplo sale de Dinamarca, va a Alemania y vuelve a Dinamarca, ¿es lo mismo?).(3)

Aun tengo alguna duda más pero creo que ya es suficiente de momento.

A ver si me podeis decir algo. En la empresa también tenemos contratado un gestor pero hay cosas de estas que se le escapan un poco, y quiero ayudarle también, además de estar bien documentado. (¿4) Sabeis si hay las leyes en relación a estos temas por internet?(4)

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La verdad es que has hecho una exposición perfecta. Casi que las dudas que planteas te las contestas tú mismo perfectamente!.

De todas maneras las dudas que tienes son complejas, operaciones que se salen de lo común y que si quieres estar seguro de hacerlo bien, lo mejor es ir a la fuente primaria de información: la Agencia Tributaria. Busca la oficina de aduanas de la Agencia Tributaria de tu provincia, te plantas en el mostrador y, bien identificado ("soy fulano, vengo de esta empresa, necesito información y resolver algunas dudas...") planteas tus dudas. Seguramente terminarás hablando con alguno de los inspectores de aduanas que tienen este tema muy mascado. Si llevas información real (hojas de expedición, facturas emitidas y recibidas, etc.) el tipo verá que no eres un estudiante que busca aprobar un examen, sino un tipo que intenta hacer su trabajo bien y que se paguen los impuestos que tocan y donde tocan.

A mí siempre me han atendido con educación. Pero ves con paciencia, a veces a la primera no te atienden, o tropiezas que el que sabe de este asunto salió a resolver un asunto (vulgo: desayunar), cosas así, pero al final siempre me fui con las dudas resueltas.

Otra fuente de información podría ser la Cámara de comercio o el departamento de comercio exterior de tu comunidad autónoma, pero lo más fiable es la Agencia Tributaria. Tienen también información en la web, pero casi que mejor en persona, porque tu caso no es de los más habituales.

Eso sí, vale la pena que lo tengas claro antes de hacer nada que sea definitivo, porque un error puede implicar una liquidación errónea de impuestos, y se te va a ver el plumero, piensa que cruzan los datos casi a tiempo real con el resto de países de la UE, así que si tu declaras una cosa y tu cliente la contraria, os van a requerir para subsanar a los dos.

Ahora, ya te digo yo que la búsqueda de esta información a quien corresponde es a tu asesor fiscal, que para eso le pagas. Pero no te fíes mucho, como es un tema que lo tiene que estudiar solamente para ti, no le compensará y resolverá el asunto por la vía rápida, quedándose con la primera respuesta que le ate los cabos que él ve, e igual te induce a error. Vale la pena que te busques tu la vida.

Suerte, y ya me contarás.

Muchas gracias. Pues si, la verdad es que es un tema bastante complejo, que poco a poco estamos puliendo. Y aunque no haya mala fe, si nos equivocamos mal asunto . Así que mejor tenerlo todo claro y hacerlo bien. Nos informaremos bien por si acaso.

Gracias, un saludo.

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