No es nada complicado. Un manual es lo que me tendría que animar a hacer, la verdad es que no he encontrado nunca nada claro para hacer esto. Pero te indico yo.
Debes saber que el cierre es todo un proceso que se hace en los seis primeros meses del año, y tienes todo este tiempo porque son muchas cosas las que hay que hacer. Te voy a hacer una pequeña guía. Lo primero que debes saber es que hasta que no cierres la contabilidad del 2013, debes tener en linea dos contabildades abiertas, el 2013 y el 2014 Eso es así y es lo normal.
En Enero presentas el cuarto trimestre del Iva, y su resumen mensual. También presentas los resúmenes mensuales del IRPF. Esos resúmenes deben servirte para comprobar que los datos que tienes en tu contabilidad coinciden con lo que declaras.
En Febrero debes presentar el 347 (declaración de ingresos-gastos y operaciones en efectivo mayores de 3005 euros).
En abril debes legalizar tu libro contable, para entonces debes tener cerrada la contabilidad. Para cerrarla debes hacer varios pasos, yo te señalo dos como los más relevantes: el primero es comprobar toda la contabilidad, para eso yo lo que hago es listar el mayor COMPLETO, y compruebo que todos los movimientos por subcuentas están correctamente aplicados, y que los saldos de cada subcuenta al 31/12 se corresponden con la realidad. Si hace falta, cotejo estos datos con el proveedor o cliente correspondiente. Pero cuando digo todo el mayor, digo todo, desde las subcuentas del grupo 1 hasta las del grupo 7: TODAS. Una vez hecho esto, se hacen las regularizaciones correspondientes, los ajustes contables, las periodificaciones, amortizaciones y demás asientos de final de año, y por último se hace el asiento del impuesto de sociedades (impuesto que previamente habrá que calcular). Una vez hecho este asiento, que debe ser el último del año, ya lo tienes todo, puedes dar la contabilidad por cerrada, la puedes imprimir encuadernar y guardar (no olvides legalizar los libros...)
Y ya en junio, antes del 30/6, se debe celebrar la junta ordinaria de socios, que apruebe las cuentas y acuerde el reparto del resultado contable. Y una vez hecho esto, se presenta el impuesto de sociedades (que se presenta dentro de los 25 primeros días de julio).
Un breve resumen, creo que no me he olvidado de nada.
Como te van a surgir muchísimas dudas, ves preguntando.