Ayuda con los impuestos

La verdad que necesito ayuda con los impuestos, estoy en el cierre de año.. Y como soy novata en este tema tengo un problemilla... He hecho un balance de sumas y saldos, y me he dado cuenta que la cuenta 4751 no me cuadra con el modelo 110 que pague en el banco. La cuestión es que yo no hago los impuestos y no se que debo mirar... He comprobado que todas las retenciones y todo el irpf de las nominas esta correctamente contabilizado. Ya no se que más debo mirar, ¿la cuestión es que me sobran 21,03? Y no se que debo hacer... Y también he visto que otros trimestres tampoco han cuadrado a la pela.. No se... Yo no hago los impuestos.. Los hace otra persona mi jefa ... Y no me va ha explicar nada de nada... Ademas ahora mismo ni esta.
¿La cuestión es que una amiga me dijo que tenia que mirar las retenciones de los bancos eso es correcto? La verdad que yo no se que retenciones...
Y por ultimo, te agradecería.. Que me explicaras un poco como debo contabilizar los impuestos ya que espero que los este contabilizando bien.. Ya que me hago un pequeño lio con la cuenta 473. Y 4751.
Yo estoy contabilizando I.V.A A LA 4750 CUANDO HAGO LA LIQUIDACIÓN.
¿Modelo 202? ¿Modelo 190? ¿Modelo 115? ¿Modelo 110? Que lio...
Bueno espero tus noticias y haber si me sacas de dudas ... Lo cual te lo agradezco ya de antemano.. Y la verdad que estoy muy interesada en aprender lo cual creo que tendré que tirar de vuestra ayuda..

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Vamos a ir por partes:
MOD-110: Veo que tienes un problema. Al decir que te sobran 21,03 euros, entiendo que una vez pagados los modelos 110, todavía falta por pagar 21,03. Si esto es así puede ser motivado por dos causas: a) En la contabilidad puede haber facturas con retenciones de algún profesional (personal en módulos que te han facturado y tengan que retener el 1% o bien facturas de notarios, abogados, etc que tienen una retención del 15%) en este caso es posible que estos importes no estén declarados en el mod-110 y sí estén contabilizados en la cuenta de hacienda (4751...).
La otra causa, La b) puede ser motivado porque tu hayas contabilizado las nominas mensuales y con posterioridad a la contabilización, alguna nomina haya sufrido modificaciones, las cuales están reflejadas en el mod-110 pero no modificadas en la contabilidad.
Las retenciones de los bancos no se reflejan en esa cuenta ya que las retenciones bancarias corresponden a hda pca pagos a cuenta.
PARTE 2: CONTABILIZACIÓN DE IMPUESTOS: Intentaré ser claro para que lo entiendas:
IVA: En la liquidación trimestral debes dejar a ceros (saldadas) la cuentas que tienen saldo, tanto de iiVA SOPORTADO COMO IVA REPERCUTIDO, y la diferencia contabilizarlo en las cuentas correspondientes según el saldo del IVA: Si el saldo es a pagar lo debes contabilizar en una cuenta 475..., y si es a compensar en la cuenta 470...
MOD-202: Este modelo corresponde al pago a cuenta del impto sobre socieddes, normalmente es el 18% de la casilla 599 del ultimo impuesto presentado, en este caso el ultimo presentado es el del ejercicio 2007, el cual se presenta en julio del 2008. Es te modelo 202 se hace en abril, octubre y diciembre, y si te das cuenta, el importe del año 2008 de octubre y diciembre de este modelo coincide con el de abril del año 2009.
El importe de este modelo se contabiliza en el a cuenta 473..., la cual al final de año, con el cierre, debe quedar regularizada al hacer el asiento del impuesto de sociedades.
MOD-110: Este modelo corresponde a las retenciones practicadas a los trabajadores así como a los profesionales. Estos últimos reflejan en sus facturas emitidas el importe a retener. Estos importes retenidos a los empleados y a los profesionales deben contabilizarse en la cuenta 4751... y es conveniente antes de declarar el impuestos verificar los datos por lo que te he explicado al principio.
MOD-115: Este modelo corresponde a las retenciones practicadas a la/s persona/s que nos alquilan el local, es decir, son retenciones por arrendamientos. Lacuenta en la que debes imputar estas retenciones, debe ser igual que l del modelo anterior, es decir una cuenta 4751...
Para identificar cada cosa, y poder verificar bien cada concepto, te aconsejo que las retenciones del modelo 110 la hagas en una cuenta 4751... 0 y als retenciones del modelo 115 en una cuenta 4751... 1
MOD-190: Corresponde a un modelo anual resumen de los modelos 110, cosa que si tu has verificado y coinceden las declaraciones trimestrales, no debes preocuparte por el modelo 190 ya que este modelo es informativo y no genera ningún pago, por lo que no debes preocuparte en cuadrar dicho impuesto.
Igual que en el nmodelo 190 pasa con el modelo 180 que es un resumen de lo presentado trimestralmente del modelo 115
Gracias lo primero de todo.. porque lo has explicado muy bien, pero me ha quedado alguna duda.
¿Entonces qué me aconsejas que haga con la diferencia? Y sobre los impuestos, ¿el modelo 202 que es el impuesto sobre sociedades es el 18 % de la casilla 599 y me puedes decir que información se pone en esta casilla? El la cantidad del ultimo impuesto sobre sociedades presentado. Me podrías poner un ejemplo breve claro, te lo agradecería.
De todas formas lo has explicado de maravilla. Muchas gracias por todo.
Un saludo.
Desconozco el motivo de la diferencia, pero teniendo en cuenta que los impuestos ya están cerrados y para evitar posibles inspecciones, a mi mejor enttender, la diferencia se debe a rectificaciones de nominas, por lo que te aconsejo que hagas un apunte dejando la cuenta 4751 a cero una vez pagado el impuesto en enero y lleves la diferencia a la cuenta de sueldos y salrios.
Cuando te he indicado lo referente al mod-202, he considerado que has optado por la tributación que te he explicado (siguiendo el art. 45.2) ya que hay otraopción de tributación (art. 45.3)
Si has optado por la indicada, debes tomar el impto de sociedades del año 2007, ver la cantidad que figura en la casilla 599 y poner este importe en la casilla 01 del mod-202, calcular el 18% y poner en la casilla 03 y poner el mismo importe en la casilla 20.
De todas formas, para saber en que tributación esta debes mirar el modelo 202 presentado en diciembre/08 ya que será el mismo que harás en abril/09
Nita: este modelo solo se presenta si la casilla 599 del impto de sociedades es positiva, si es negtiva no se hace el modelo

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