¿Por qué usas la cuenta 520 y no la 170 que es la que figura en el balance?

Me gustaría saber este tema de las cuentas¡

En el balance aparece esta deuda a largo plazo con bancos en la cuenta 170-

Graciass¡

Estoy buscando un correo que me mandaste de una pregunta sobre existencias que te hice

Y que no ahora no encuentro. No se si es posible quela puedas ubicar para que me la reenviaras. Era una explicación excelente, la había entendido muy bien¡

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En los préstamos a más de un año se utilizan las dos cuentas, la 520 para los importes que vencen en la anualidad, y la 170 para los importes que vencen a más de un año. Todos los años hay que realizar un traspaso de largo a corto, por los importes que vencen al año siguiente. Ese traspaso se realiza con los ajustes de final de año, justo antes del cierre.

Pero si no te has acordado de hacer estos traspasos, llega un momento que tienes en la cuenta de largo plazo sólo importes a pagar a corto plazo.

Esto sirve para evaluar las condiciones de liquidez de la empresa, no es lo mismo deber ya que deber a largo plazo, se digiere mejor la deuda a largo plazo.

hola¡

no entiendo del todo tu explicación, es un poco confusa¡

de todos modos como hago los asientos?

serian 520 a la cuenta 551?

de este modo quitaría la 170 del balance a fin de año, sería así?

graciass¡

Imagina un préstamo que se amortiza en cuatro años, en cuotas constantes, el préstamo inicial era de 10.000, y pagas 2500 por año.

El asiento inicial sería

10.000 (572) a (520) 2.500

(170) 7.500

Los pagos de las cuotas se hacen desde la 520.

A final de cada año, se hace un asiento de reclasificación de plazo, por lo que hay que pagar al año siguiente

2500 (170) a (520) 2.500

Así hasta que se acabe de pagar el préstamo.

Si no lo tienes bien hecho, lo que corresponde es que hagas los asientos que en su día no se hicieron: 170 a 520 y de la 520 a la 551, si corresponde liquidarlo por ahí.

Esto me tiene preocupado, espero que el asesor os haya hecho el tema de los préstamos y los movimientos con socios adecuadamente, no hacerlo conforme a Ley os puede generar unos disgustos tremendos.

Hola¡

voy a partir del hecho de que el asesor lo haya contabilizado adecuadamente, la verdad que confío en que lo hay hecho,bien entonces

seria suficiente que yo haga directamente la 520 contra la 551?

estoy haciendo los asientos y no se si poner las imposiciones en efectivo que el socio hace a la cuenta de la sociedad?

gracias y perdona por las 2 preguntas ¡¡

es solo por esta vez¡¡¡¡

gracias¡

Si está bien hecho, al cancelas los préstamos no te debe quedar ninguna cifra ni en la 520 ni en la 170, de todas maneras lo que puedes hacer para comprobarlo es cuadrar las cirfras con los cuadros de amortización de la operación de préstamo. Eso te lo puede facilitar el banco si no lo tienes.

La segunda pregunta. Cualquier movimiento que figure en la cuenta bancaria de la sociedad debes reflejarlo contablemente. Es obvio, si no fuera así difícilmente reflejarías la imagen fiel de la empresa.

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