El registro mercantil no ofrece ningún programa contable gratuito. Lo que ofrece es el programa Legalia en el que se pueden generar los libros de comercio en formato digital.
Los libros de comercio se pueden presentar en el Registro Mercantil de 3 formas distintas:
(A) Libros oficiales en soporte de papel. Se presentará la instancia solicitando la legalización de libros, debidamente cumplimentada. En ese momento el Registro le dará una fecha para la presentación física de los libros; ese día se legalizarán y se devolverán a los presentantes de las instancias correspondientes.
(B) Libros en soporte Digital. La presentación en este formato, usando el programa informático "Legalia", disponible gratuitamente en www.registradores.org, se efectuará presentando la correspondiente instancia de solicitud de legalización de libros, los certificados de las huellas digitales de los libros a legalizar y el soporte magnético que los contenga. Todo ello en el mismo día. El registro devolverá los soportes magnéticos y la acreditación de haber procedido a su legalización en la fecha que se indique en su presentación.
(C) Telemáticamente con el programa Legalia y desde la Web www.registradores.org, previa obtención de la firma digital para envíos, pudiendo solicitar la firma digital si no se dispusiera de ella en www.registradores.org. Igualmente y como novedad, si ya se dispone de un certificado de firma digital emitido por la FNMT (Fabrica Nacional de Moneda y Timbre) o por cualquier otro emisor válido, podrá utilizar el Registro Electrónico accesible en www.registradores.org.
Actualmente se pueden presentar los documentos del depósito de cuentas de tres formas.
(1) Usando el programa de ayuda y confección archivos (D2) disponible en la dirección de Internet, www.registradores.org, generando el correspondiente soporte físico (CD o DVD)
(2) Cumplimentando los impresos y modelos normalizados disponibles a tal fin en este Registro Mercantil.
(3) Telemáticamente desde la Web www.registradores.org, previa obtención de la firma digital para envíos, pudiendo solicitar la firma digital si no se dispusiera de ella en www.registradores.org. Igualmente y como novedad, si ya se dispone de un certificado de firma digital emitido por la FNMT (Fabrica Nacional de Moneda y Timbre) o por cualquier otro emisor válido, podrá utilizar el Registro Electrónico accesible en www.registradores.org.
Espero haber aclarado tu dudas.
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