Cancelar hipoteca.

En enero pagaré el capital que me queda pendiente de la hipoteca y quisiera saber lo que tengo que hacer para cancelarla.
        Creo que el banco me tiene que dar un papel de cancelación y luego pasar por el notario y el registro, pero no lo tengo muy claro. No se si los bancos lo hacen a través de una gestoría, cobrándome los tramites, o lo puedo hacer por mi cuenta.
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Una vez que hayas cancelado el préstamo, la entidad tiene que firmar una escritura en notaría, que se denomina Escritura de Cancelación de Hipoteca. Normalmente los bancos eligen sus notarías (a ti te da lo mismo, ya que los notarios no suelen hacer descuentos en estos documentos y todos cobran lo mismo) aunque puedes elegirla tú. También algunas entidades tramitan directamente (a través de sus gestorías) las escrituras con el registro y las liquidan de impuestos (aunque no pagan nada hay que pasarlas por la Consej. De Hacienda de la Comunidad de que se trate). No obstante si tu quieres hacer los trámites te ahorrarías el coste de la gestoría, y los trámites son muy sencillos, con lo que merece la pena que lo hagas directamente.

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Es como dices, tú vas al banco y te tiene que dar un certificado de cancelación, lo llevas al notario (donde el banco tiene que firmar el levantamiento de dicha hipoteca) y con esa escritura la llevas al registro de la propiedad. Después de pagar los impuestos y gastos, claro. Los bancos suelen hacer estas gestiones cuando hay una hipoteca posterior, si no no no suelen hacer, en algunas notarías te hacen los trámites, pero claro te cobran las gestiones.

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