El banco cometió un error ante un concurso de acreedores

Me pongo en contacto con ustedes porque tengo un concurso de acreedores con Banco Santander durante 5 años de los cuales llevo 3 y de repente el banco me dice que la deuda esta liquidada escrito vía email. Según el abogado de ellos el banco santander no esta liquidado entonces si tengo un escrito del mismo banco indicando eso. ¿Puedo negarme a pagar lo que exijan o embarguen? Evidentemente yo no he dicho al abogado del banco que tengo un escrito con esa contestación ¿tendría validez ente un juicio?

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En el fondo de la cuestión está la deuda: ¿Se ha pagado? ¿Está realmente liquidada?

Si no lo está, como parece ser el caso, argumentar que se ha efectuado la liquidación porque se ha recibido un email que así lo dice es poco consistente. ¿Quién lo remitió? ¿Tenía capacidad suficiente en la entidad para realizar dicha gestión?

La validez la dará el peritaje de dicho mail, su origen, el titular o las personas que pudieron acceder a ese correo. Camino tortuoso si el pago de la deuda no se puede acreditar con ingresos que lo justifiquen

hola, el mail lo mando una empleada que es la que llevaba el control al igual que un compañero de la misma entidad en la que lo indican. Pienso que ante una reclamación el juez lo daría por valido ya que si el banco y sus empleados indican claramente que esta liquidado no es nuestra culpa. Es cierto que según el convenio no esta liquidada pero quizás no lo hayan contado bien lo que faltaba a lo que se ha entregado, es evidente que se han estado efectuando ingresos a dicha cuenta como se puso en la resolución. La pregunta es ¿es posible que el banco "simule" que esta liquidado para la hora de reclamar puedan embargar? ya que como están todos deseando embargar ahora quizás sea una técnica que estén haciendo. gracias

Su análisis de la situación escapa a las normas habituales bancarias.

¿Qué es un banco? Una entidad financiera que obtiene beneficios de los depósitos de los impositores y de aquellos a los que presta el dinero. Ese es el concepto, y la finalidad. Todas las transacciones son dinerarias, y el fin último es siempre el dinero, con independencia de que venga de los clientes/ahorradores, de la subasta de bienes o de cualquier otro medio.

Bien. ¿Qué beneficios obtiene un banco por sustituir el dinero por un embargo? Ninguno, porque el embargo se realiza por el importe adeudado pese al valor del bien. ¿Y si se subasta el bien? El banco recupera el importe adeudado, las costas y los intereses. Nada más.

Y ahora contesto su pregunta:

¿Es posible que el banco "simule" que esta liquidado para la hora de reclamar puedan embargar?

Sería una opción absurda diametralmente opuesta al funcionamiento de un banco.

Ruego cierre la pregunta valorándola.

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