Impago préstamo televisión banco

Hace 3 años mi marido trabajaba en una inmobiliaria, donde les afectaba de lleno la crisis del ladrillo. Cierto día, el dueño llegó con unos folletos y reunió a los trabajadores para ofrecerles una televisión y una consola por domiciliar las nóminas en un banco. La empresa dijo que sería ella misma quien les abonaba la cuota mensual de la tele, y que, si alguna vez abandonaban la empresa, sería la propia empresa quien liquidaría el préstamo.
El caso es que todos se han ido yendo de la empresa y esos préstamos los han tenido que ir pagando cada uno de los ex-trabajadores, puesto que la empresa ha faltado a su palabra (el préstamo lo firmó el trabajador).
Mi pregunta es: si nosotros no queremos seguir pagando el préstamo (¿20? Al mes más 8? De cuota por mantenimiento de la cuenta hasta 2015), ¿qué consecuencias puede tener el que yo deje de pagar? ¿Tendría qué devolver la tele (es lo que yo quiero)?

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Normalmente cuando se constituye un préstamo de este tipo, si se impaga se procede a embargar el bien que se compró, salvo que en la póliza de constitución del préstamo diga otra cosa, si no es así, la deuda debe quedar saldada con el embargo de la televisión y la consola.
Lo mejor que podéis hacer es leer bien la póliza firmada y si no tenéis algo claro, hablad con la entidad, pero casi seguro que si no pagáis os embargarán la televisión.
Perdona por la tardanza en contestarte pero he tenido problemas con el adsl. Espero haberte aclarado algo. Si necesitas más ayuda no dudes en escribirme.
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Dado que firmaron los empleados, si usted o su pariente es empleado que le reclamen por vía judicial la diferencia.

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