Impago de préstamo personal e hipotecario

Soy extranjero pero nacionalizado español... ¿tengo una hipoteca por pagar de 125.000? ¿Y un préstamo personal de 25.000?, ¿Actualmente solo trabajo yo y gano 1000? Mi mujer esta sin trabajo y ya sin paro desde hace tiempo, tenemos una hija pequeña... Con esta situación nos resulta imposible pagar las deudas y vivir con lo que queda... He negociado hace un año atrás con el banco que tengo el préstamo personal por impagos anteriores y llegamos a un acuerdo en el cual sólo pagaría intereses durante 3 años (¿260? Mensuales) y luego la cancelación (¿25.000?)... Eso sería imposible para mi pero tocaría volver a negociar y seguro otros 3 años de intereses... La cuota hipotecaria es de 500 euros y en agosto me toca la revisión... ¿cómo esta el euribor creo que me subirá a 850? +/-... En este momento ya me resulta casi imposible pagar todo ya que también tenemos que comer, y pagar otros impuestos básicos... ¿tampoco tengo la posibilidad de vender el piso ya que por la zona y en las mismas condiciones que mi piso hay varios en venta por 70.000? Y aún así no se venden... Llevo retrasos con mis pagos y todo el tiempo solo son llamadas a mi casa, móviles, trabajo y cartas de reclamos. Quiero saber cuales serian las consecuencias en caso de dejar de pagarlo y marcharme a otro país... ¿pueden embargar mis bienes o nominas fuera de españa? ¿Cómo quedaría mi situación aquí?... ¿Qué pueden hacerme?.. ¿Mi hija algún día podría volver a españa y que le pasaría a ella?... ¿Por favor necesito ayuda ya no puedo vivir así y no se que hacer ni como?
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A su hija no le tiene porqué pasar nada. De momento lo que tiene es un desfase entre el valor del préstamo y el valor de la vivienda. Es obvio que si no se cubre con la venta, habrá una cantidad que le reclamarán siempre, hasta que se pague o transcurran 15 años.
En cuanto al embargo posible en el extranjero, si es más factible en caso de residir en otro país de la UE. Si emigra a latinoamérica, según el país y el tratado judicia con España, así podrá o no podrá embargarse. Será más difícil, de momento, aunque no necesariamente imposible.

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Aquí hay varias cosas, y supongo que un abogado sería la mejor opción para deudas hereditarias.
La verdad es que si cambias de país, debes mirar a cual vas. Hoy en día, los gobiernos tienen la información unificada con otros países para facilitar el libre acceso a seguimientos judiciales, de hacienda, ...
La verdad es que si te quedas, van a ejecutar, o sea, embargar todos tus bienes y parte de la nómina. Y a más, si embargan piensa que lo harán a precio de tasación más una reducción, o sea, que te quedarías sin piso y a más, con la mitad de la deuda. Es normal que la situación sea desesperada, pero como bien dices, si aún tienes un poco de tiempo, para que el banco acepte un a nueva negociación, serían muy muy interesante que tu mujer trabajara, que acepte cualquier trabajo pero ya, para poder aportar dos nóminas al banco. Con ello, el banco ve que puede haber final feliz a toda la operación y puede acepte renegociar, ya que si embarga, no cobrará ni la mitad de lo que debéis, y tampoco le interesa, aunque luego embargue parte de la nómina.
Yo de ti, más que carencia con el banco, miraría una nueva refinanciación, alargar años al máximo para rebajar quota, ya que las carencias que comentas de 3 años, no sirven de mucho si durante éstos 3 años no se tiene una previsión de lo que vendrá.
Como decía, irte del país dejando que ejecuten y la deuda abierta, dependerá de donde vayas. Y para tu hija, en un principio figurarás sólo tu o tu esposa como morosos, por lo que, ella no debería tener ningún problema en vivir en España, ya que no tendría ningún historial negativo. Como se dice, los hijos no son responsables de lo que hacen los padres.
Lamentablemente, yo no puedo ayudarte, la situación es muy complicada realmente, hay mucho dinero y pocas garantías. Si no puedes aportar las dos nóminas, o hasta 3, la cosa pinta mal. Se podría mirar de declarar a nivel particular un
CONCURSO DE ACREEDORES para particulares
Esto es declararse insolvente, pero la ejecución del piso igualmente vendría, a no ser que los tú o tu esposa tengáis vuestro piso como domicilio professional y agfecto a una actividad. Ya que en este caso, se entiende que para seguir teniendo entrada de efectivo, requieres del domicilio afecto a la actividad. Pero esto son más gastos.
Te dejo una web donde hablan del concurso. Si se me ocurre algo más, te lo digo. Lamento no poder ser de más ayuda. A lo mejor algún compañero puede dar más opciones.
http://www.cecumadrid.org/web/noticias/162-ies-el-concurso-de-acreedores-una-solucion-para-las-familias-en-crisis.html
Saludos y sobretodo, tienes que ir más rápido que el banco siempre, nunca esperes a que te llamen ellos, aunque vayas sin propuestas, el banco ve más buena fe si vas antes que te reclamen, es psicológico, pero a veces, puede ayudar a que el director se involucre un poco en tu caso.

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