Es legal que con 3 meses vencidos no m permitan abonar el crédito de un vehículo y procedan al embar
Mi papa compro una camioneta Peugeot a través de Psa Finance en el mes de diciembre pasado, una semana después falleció. El caso es que el vehículo esta a nombre de mi mama, es por esto que el seguro no lo cubrió.
Al ver mi mama que no podía hacer frente a esta obligación, decide entregarme el vehículo ya que yo si podía abonar la cuotas.
Me comunique con el Banco Francés, con PSA Finance y con el estudio jurídico con el que trabajan en conjunto, y todos coinciden en informarme: CON 3 MESES VENCIDOS, NO SE PERMITEN PAGOS PARCIALES, EL VEHÍCULO TIENE PEDIDO DE EMBARGO SALVO QUE SE ABONE $ 180.000" ciento ochenta mil pesos!!
Les aclaro, mi papa entrego $ 40.000 de anticipo y arreglo un plan de 48 cuotas de $ 3900.
El precio de la unidad, según la factura es de $ 105.300, ¿mi papa entrega $ 40.000 y 3 meses después debemos $ 180.000? Esto es correcto! Así me dijo el abogado representante de PSA finance.
El caso es que necesito saber si es legal que la firma se niegue a cualquier tipo de refinanciación, y proceda directamente al embargo.
Y ademas, si mi papa firmo un contrato a 4 años, ¿por qué tengo que abonar todo al termino de 7 días?
¿No es mas simple que me permitan abonar las 3 cuotas atrasadas y seguir adelante con el crédito?
¿Quién seria capas de abonar 180.000 pesos por un vehículo que sale 105.000 nuevo?
Se supone que el interés corresponde al plazo que otorgaron inicialmente al crédito (4 años) pero si el plazo ya no me lo proporcionan... ¿Por qué debo abonar dicho recargo?