¿Cómo se ejecuta la Reserva de Dominio de un vehículo

Estiamados Sres.:
Tengo un vehículo, Reanul Megane Confort Expresión, matriculado por primera en 2004.
Debido a problemas económicos no puedo seguir pagando la cuota mensual ( 343 euros ). El plazo para que pase a ser de mi propiedad finaliza en junio de 2010 . Hasta entonces, me quedarçian por pagar unos 3400 uros, aproximadamente. Mis preguntas son
1 ¿Cómo ejecuta el banco la Reserva de Dominio para quedarse con el coche?
2 ¿El hecho de quedarse con el vehículo supone que la deuda pendiente está cancelada o, es necesaria una tasación?
3. Si hay tasación, ¿quién la realiza?
4 Si el valor de la tasación no cubre la deuda pendiente, ¿me pueden embargar otros bienes e . Incluso, la vivienda?

1 respuesta

Respuesta
A la primera cuestión, le reclamación es Judicial. La segunda, efectivamente, le aplicarán el valor venal. Si este es inferior le seguirán reclamando. Si es suficiente, lo puede dar en pago de deuda.
Como alternativa, puede usted acudir a la vía judicial para que, en caso de que no lo haga la financiera, le permitan ampliar el plazo de pago.
Estimados Sres.:
La tercera pregunta sobre la tasación ha quedado sin respuesta. Respecto a la cuarta, sobre el posible embargo de bienes, ¿podría darme más detalles?
Tengo otra duda.
1. Durante el tiempo que dura el proceso de ejercer la Reserva de Dominio, ¿la deuda genera intereses?
2  Si es así, ¿En qué momento dejan de generarse intereses?, ¿Cuándo llega la orden judicial?
3. Si le comunico a la financiera que puede ejercer desde ya la Reserva de Dominio, sin necesidad de orden judicial, ¿evitaría esto la generación de intereses?
Gracias por su amable atención
Miguel Ángel
No ha quedado sin respuesta, le he comentado que se aplicará la valoración venal. Usted puede acudir al juzgado y proponer a la financiera una dación en pago, para que no le reclamen más.
Los intereses se generan desde que se da por vencido el préstamo según lo pactado en su póliza hasta su completo pago.
Una vez resuelto el tema del vehículo, si quedan cantidades pendientes, se procede a reclamar la diferencia sobre otros bienes del deudor.
En primer lugar, deseo agradecerle la rapidez de sus respuestas.
En general, me ha quedado bastante claro lo que debo hacer, aunque sigo sin saber quién encarga la tasación para establecer el valor venal.
Me permito sugerirle que no sea tan escueto en sus respuestas y que no dé por sentado que todos entendemos de leyes y de procedimientos judiciales. Le pongo un ejemplo. Usted me propone que vaya al juzgado y no dice para qué. A continuación me sugiere que le haga una dación a la financiera y no explica cómo y dónde.
Lo anterior no obsta para que le agradezca su atención. Si le hago esta sugerencia amistosa es porque se me brinda la oportunidad de hacerlo. Soy consicente de que al ser un servicio gratuito, tampoco puede ser muy exigente.
Un saludo
Miguel Ángel

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