Cancelación préstamo cualificado
Mi situación es la siguiente:
En diciembre del 2007 me entregaron una vivienda de protección pública en getafe (madrid) y me surrogué al préstamo cualificado que me ofrecían. Ahora me veo obligada a alquilar la vivienda, y uno de los requisitos para hacerlo es que debo cancelar el préstamo cualificado y adquirir una hipoteca libre. Cuando he acudido a mi banco para preguntar las condiciones de cancelación, me dicen que por ley los préstamos cualificados no se pueden cancelar antes de que pasen 5 años de su adquisición. He intentado buscar la legislación que hace referencia a esto, pero no encuentro nada, ¿sabes algo de este tema?
En diciembre del 2007 me entregaron una vivienda de protección pública en getafe (madrid) y me surrogué al préstamo cualificado que me ofrecían. Ahora me veo obligada a alquilar la vivienda, y uno de los requisitos para hacerlo es que debo cancelar el préstamo cualificado y adquirir una hipoteca libre. Cuando he acudido a mi banco para preguntar las condiciones de cancelación, me dicen que por ley los préstamos cualificados no se pueden cancelar antes de que pasen 5 años de su adquisición. He intentado buscar la legislación que hace referencia a esto, pero no encuentro nada, ¿sabes algo de este tema?
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Respuesta de nacholon
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