Cancelación registral hipoteca

Buenos días.
Para cancelar registralmente una hipoteca es necesario acudir al banco para solicitar un certificado de deuda cero para posteriormente acudir al notario. ¿Este trámite se puede hacer directamente con el banco o hay que hacerlo a través de la gestoría del mismo?.
Si nos dicen que lo hace la gestoría, y queremos hacerlo personalmente, ¿se puede negar el banco?.
Y por último, ¿qué tiempo se tarda aproximadamente entre el certificado del banco y la firma de la escritura de cancelación?
Gracias

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