Alquiler

Vivo en un chalet de alquiler con contrato entre particulares por once meses.
La cuestión es que por diferencia con los vecinos mis hijos lo están pasando mal ( tienen 9 y 6 años) y he decidido dejar la vivienda antes de fin de contrato. ¿Qué repercusión puedo tener? ¿Cómo puedo llegar a un acuerdo con el propietario?
Gracias

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¿Cuántos meses le quedan? Lo normal es indemnizar al propietario por los meses no ocupados. Ahora bien, dado que no hay contrato escrito y no sería fácil demostrar que está en alquiler de acuerdo a la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente, podría intentar argumentar que era un contrato por temporada. Si ha dado fianza, será lo más probable lo que pierda, si es que la aportó.
He debido crearle una confusión. Contrato escrito sí hay, me refería a que no había sido elevado públicamente.
Del contrato me quedan cuatro meses por cumplir y yo lo comunico con más de un mes de antelación.
En el caso de que me reclame los cuatro meses restantes puedo yo argumentar que: 1º.- Como propietaria de la vivienda y arrendadora consta la hermana de la propietaria real y el contrato está firmado por esta misma persona no por la propietaria.
2º existe una clausula por la que yo al cumplir los once meses debo abandonar la vivienda reclamándoseme 60 euros por día que pase de más en la misma.
3º la dirección de la vivienda es errónea en el contrato. El nº no se corresponde.
¿Con estos datos puedo yo considerar unilateralmente que el contrato es ilegal y no estar sujeta a la Ley de Arrendamientos Urbanísticos? ¿Puedo eludir legalmente el impago de los meses restantes hasta la finalización del contrato ya dando por perdida la fianza de un mes?
Gracias
Lo mejor es ponerse de acuerdo con el propietario. Me extraña que le reclame si el alquiler es furtivo. No ha cumplido con el deber de entregar la fianza en el registro correspondiente, no lo declara a Hacienda (declararlo a Hacienda es un buen argumento, en tanto que si lo investigan, le van a mirar con lupa cinco años y puede que tenga algo más que ocultar), no está sujeto a la Ley de Arrendamiento Urbanos...
Lo mejor es que se lo comuniquen por escrito y con suficiente plazo. Los otros datos a los que alude no son representativos para producir la nulidad. Hay defectos formales del documento pero no altera la consecuencia.
Yo le recomiendo pactar. Si el propietario le coge un mes de fianza y está de acuerdo en dejarle ir, sin problema. Si hay más dificultades, en el momento que deje caer una inspección de hacienda...
Son tres meses de contrato... no lleva a ningún sitio la reclamación. El día que entregue llaves, preparen un documento con la misma, en el que se haga constar que están de acuerdo ambas partes y que no reclamarán la una a la otra la diferencia.

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