Explicación Nota simple

Haber si me pueden ayudar. He solicitado una nota simple de un piso, pero no me queda claro los conceptos. ¿La escribo obviando las cantidades en?, salvo en dos ocasiones. Dice así:
¿UNA HIPOTECA A FAVOR DE ... Para responder tras la ampliación de ...? De los siguientes importes:
- Responsabilidad por principal:¿...?
- Responsabilidad por intereses ordinarios: ... Mensualidades a un tipo del 4 enteros diez centésimas por ciento salvo modificación pactada, de acuerdo con los términos del contrato y sin que en ningún caso pueda sobrepasarse el límite máximo del trece enteros por ciento
- Responsabilidad por intereses de demora: ... Mensualidadesel tipo de 13 enteros por ciento
- Responsabilidad por costas y gastos:¿...?
¿Se tasa la presente finca en ...?. Constituida en virtud de escritura otorgada el día ... 2005 ante notario d. ... Ampliada en virtud de escritura otorgada el día ... 2009
- Afectación. Autoliquidada de transmisiones
Esta finca queda afecta por cinco años, al pago de las liquidaciones complementarias que eventualmente puedan girarse por el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídidcos Documentados, ¿habiéndose satisfecho la cantidad 0? Por autoliquidación. Fecha: ... 2007.
-Afección. Autoliquidada de transmisiones
Esta finca queda afecta por cinco años, al pago de las liquidaciones complementarias que eventualmente puedan girarse por el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídidcos Documentados, ¿habiéndose satisfecho la cantidad 0? Por autoliquidación. Fecha: ... 2009.

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2
Que es lo que no tienes claro. Todo o solo alguna parte.
¿La nota simple es de un piso que vas a comprar?
Pues el primer párrafo: No sé distinguir a cuánto alcanza la hipoteca, qué significa lo de intereses ordinarios y de demora (¿qué tiene pendiente mensualidades?). ¿Cuándo dice se tasa la presente finca ese es el dinero que debe? ¿Y cuándo habla de ampliación por dos veces significa que aparte de la hipoteca se la han ampliado por lo que sea?
La afección he creído entender que son costas por notas registrales, ¿no?
Gracias
En el primer párrafo se explican las características de la hipoteca existente. Indica el tipo de interés ordinario y el tipo de interés de demora. Estos son los tipos que se aplicarán en condiciones normales y en caso de que hubiera retraso en el pago (pero no quiere decir que lo haya).
Si que parece que se hizo una ampliación en la hipoteca original, de ahí lo de la nueva tasación.
Pero, si como te preguntaba, te dispones a comprar esa vivienda, esa hipoteca tiene que ser cancelada en el momento de realizar la compra-venta, así que no es algo que te debiera preocupar. Solo le afecta al actual propietario, y cuando tu compres esa vivienda, es hipoteca quedará cancelada, y aparecerá la nueva hipoteca que tu hagas.
En cuanto a las dos afecciones finales, son el derecho que se reserva hacienda para comprobar que la autoliquidación que se hizo en su día del impuesto de transmisiones patrimoniales es correcta, y que en caso de no serlo se debería abonar la diferencia que indicara hacienda. Esta afección es durante los cinco años que indica y afectan a la vivienda, y por tanto al propietario de la vivienda hasta ese momento.
Esto quiere decir que si a la vuelta de cuatro años, hacienda reclamara una diferencia con el impuesto pagado en su día, pero en ese momento el propietario eres tú, la reclamación sería para ti y no para el antiguo propietario. Esto no debería preocuparte ya que salvo que se hubiera declarado un valor de compra muy inferior a lo normal para ahorrarse impuestos, no tiene por que pasar nada. Tan solo es un formalismo que se añade en todos los registros de la propiedad sistemáticamente.
Es que en la nota simple especifica que responsabilidad por intereses ordinarios 18 mensualidades y responsabilidad por intereses de demora 24 mensualidades.
¿Quiere decir que tiene 24 mensualidades sin pagar? O Cómo sería esto
Gracias
¿Es posible que se trate de un piso embargado por el banco?
De todos modos, como te he dicho antes, si tu no eres el propietario todo esto no te afecta. Cuando vayas a hacer la compra, el vendedor tiene que vendértelo libre de cargas, así que las deudas que tenga el anterior propietario a ti no te afectan.
Si se trata de un piso embargado por el banco, este lo pone a la venta y si con lo que obtiene de la venta no cubre la deuda, entonces le embargarán lo que puedan más, pero ese no es tu problema. A ti te lo venderán a un precio pactado y libre de cargas.
Tiene un embargo de la seguridad social, pero la propiedad todavía es de él, yo quería intentar averiguar cómo se sabe cuántas cuotas ha dejado sin pagar.
Gracias
En la nota simple no te va a aparecer las cuotas impagadas. Cada vez que deja de pagar una cuota al banco, este no va al registro de la propiedad para inscribir este dato.
Además si el embargo es de la seguridad social, al que debe dinero es a la seguridad social.

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