Duda sobre cargas nota simple
Tengo unas dudas con respecto a las cargas que figuran en la nota simple que hemos pedido.
Nuestra intención es la de comprar una vivienda libre de segunda mano. El actual dueño ha sido el primer comprador de la vivienda.
El año de construcción de la vivienda figura como el 2006 en el catastro.
En concreto, figuran las siguientes cargas en la nota simple:
Por su procedencia: división horizontal:
La zona de rodamiento y circulación, sita en la planta semisótano del Conjunto del que forma parte la finca de este número, está GRAVADA con la SERVIDUMBRE RECÍPROCA DE PASO, que consta en la inscripción XXXXXX.
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda AFECTA por plazo de CINCO AÑOS al pago del Impuesto, a que se refiere la nota al margen de la inscripción extensa que en la adjunta se expresa. Velez-Málaga, a 16 de Septiembre del año 2.005.-
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda AFECTA por plazo de CINCO AÑOS al pago del Impuesto, a que se refiere la nota al margen de la inscripción extensa que en la adjunta se expresa. Velez-Málaga, a 18 de Noviembre del año 2.005.-
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el ITP y AJD. Velez-Málaga, a 18 de Junio de 2.007.-
AFECCIÓN.- Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el ITP y AJ; habiendo sido alegada EXENCIÓN por autoliquidación de la que se archiva copia. Velez-Málaga, a 3 de Diciembre de 2.009.-
Carga propia: hipoteca.
HIPOTECA a favor de la entidad BBBBBBB, para responder a) El total del importe de la obligación por principal, que asciende a 134.000 euros. B) El importe de DOS AÑOS de intereses ordinarios al 5,811 %, máximo previsto en el apartado 3.5 de la Cláusula PRIMERA de la escritura. C) El importe de DOS AÑOS de intereses de demora al 9,811 %, tipo máximo reflejado en el apartado sexto de la Cláusula PRIMERA. D) Una cantidad adicional de 20.100 euros, para costas y gastos, y en su caso, los gastos de ejecución extrajudicial a que se refiere el artículo 236. Que del Reglamento Hipotecario.
Constitudida en escritura otorgada ante el Notario XXXX, el día 28 de Octubre del 2009, causando la inscripción POR de fecha 14 de Diciembre de 2009.
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda AFECTA durante el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de 14 de Diciembre de 2.009, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el ITP y AJD.
Mis dudas son:
- ¿Son cargas normales o debería preocuparme alguna de ellas?
- En teoría, al firmar las escrituras ante notario y tal como reza en los contratos de arras, la vivienda se entrega libre de cargas. Por tanto, aún teniendo estas cargas, ¿no se supone que debería quitarlas el vendedor y yo quedarme solo con la de mi hipoteca?
Nuestra intención es la de comprar una vivienda libre de segunda mano. El actual dueño ha sido el primer comprador de la vivienda.
El año de construcción de la vivienda figura como el 2006 en el catastro.
En concreto, figuran las siguientes cargas en la nota simple:
Por su procedencia: división horizontal:
La zona de rodamiento y circulación, sita en la planta semisótano del Conjunto del que forma parte la finca de este número, está GRAVADA con la SERVIDUMBRE RECÍPROCA DE PASO, que consta en la inscripción XXXXXX.
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda AFECTA por plazo de CINCO AÑOS al pago del Impuesto, a que se refiere la nota al margen de la inscripción extensa que en la adjunta se expresa. Velez-Málaga, a 16 de Septiembre del año 2.005.-
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda AFECTA por plazo de CINCO AÑOS al pago del Impuesto, a que se refiere la nota al margen de la inscripción extensa que en la adjunta se expresa. Velez-Málaga, a 18 de Noviembre del año 2.005.-
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el ITP y AJD. Velez-Málaga, a 18 de Junio de 2.007.-
AFECCIÓN.- Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el ITP y AJ; habiendo sido alegada EXENCIÓN por autoliquidación de la que se archiva copia. Velez-Málaga, a 3 de Diciembre de 2.009.-
Carga propia: hipoteca.
HIPOTECA a favor de la entidad BBBBBBB, para responder a) El total del importe de la obligación por principal, que asciende a 134.000 euros. B) El importe de DOS AÑOS de intereses ordinarios al 5,811 %, máximo previsto en el apartado 3.5 de la Cláusula PRIMERA de la escritura. C) El importe de DOS AÑOS de intereses de demora al 9,811 %, tipo máximo reflejado en el apartado sexto de la Cláusula PRIMERA. D) Una cantidad adicional de 20.100 euros, para costas y gastos, y en su caso, los gastos de ejecución extrajudicial a que se refiere el artículo 236. Que del Reglamento Hipotecario.
Constitudida en escritura otorgada ante el Notario XXXX, el día 28 de Octubre del 2009, causando la inscripción POR de fecha 14 de Diciembre de 2009.
- Afección: autoliquidada de transmisiones.
AFECCIÓN.- Esta finca queda AFECTA durante el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de 14 de Diciembre de 2.009, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el ITP y AJD.
Mis dudas son:
- ¿Son cargas normales o debería preocuparme alguna de ellas?
- En teoría, al firmar las escrituras ante notario y tal como reza en los contratos de arras, la vivienda se entrega libre de cargas. Por tanto, aún teniendo estas cargas, ¿no se supone que debería quitarlas el vendedor y yo quedarme solo con la de mi hipoteca?
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Respuesta de drloan
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