Cancelación registral

Hola buenos días,
La semana que viene tengo firmar la escritura pública ante notario por la compra de una vivienda. La forma de pago será al contado.
La promotora me dice que las cancelaciones tanto económicas como registrales de su hipoteca corren de su cuenta. Por lo que se la cancelación económica la hace el banco en el momento de escriturar, mi duda es sobre la cancelación registral; se debe hacer también en el momento de escriturar o la promotora puede hacerla más tarde, y si es así hay algún plazo máximo.
Muchas gracias, un saludo.

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Exige que lo hagan en el momento, con el notario delante, si no después puedes tener problemas para lograrlo.
Lo normal es que se haga todo en el mismo acto.

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