Cancelación de hipoteca en la declaración de la renta.
Hola expertos!. Mi consulta es la siguiente. El año pasado cancelé un préstamo hipotecario en el que estaba al 33% de titularidad (aunque al 100% de titularidad del inmueble que es mi vivienda habitual) por otro en otro banco en el que me hago cargo (y así se reconoce) del 100% del nuevo préstamo hipotecario. ¿Puede hacienda entonces seguir contándome para la deducción de vivienda el 33%?. Es lo que me acaban de explicar en una Delegación de Hacienda y sinceramente, no lo veo lógico.Yo pagué en su día todos los gatos generados por la cancelación de la hipoteca y las nuevas escrituras del inmueble. ¿Por qué dicen que sólo me tendrán en cuenta el 33% para futuras deducciones de vivienda?.
No entiendo nada...espero vuestras respuestas para saber qué debo hacer. Me han mandado un modelo por si quiero hacer alegaciones (que por supuesto quiero, pero me gustaría asegurarme que lo que mi lógica piensa tiene fundamento).
Muchas gracias!.