Cambio titularidad vivienda por embargo

En 2006 firmé una hipoteca por valor de 155.000€, la vivienda se tasó en 289.000€, en 2009 no pude hacer frente a los pagos y desesperada fui al banco para una posible solución, el director me dijo que lo único que podíamos hacer era un estado de carencia, durante 2 años, no vimos otra salida y accedimos. Pero me quedé en el paro y no puder hacer frente a la deuda, se abrió una ejecución hipotecaria y en mayo de 2011 salió la sentencia, la cual el banco se quedaba la casa por el valor de la deuda(de la primera hipoteca, ya que se dividió en 2 cuando se hizo el estado de carencia)el caso es que el banco se quedó la casa por 76.000€ y ahora me reclama 90.000€€ ( la segunda hipoteca). Pero ahí no acaba todo:este año he recibido el ibi de la vivienda y cuando he ido al registro de la propiedad me he dado cuenta que la casa sigue estando a mi nombre, y se me reclama los impuestos, así como luz, agua y comunidad. He ido al banco y me han dicho que el cambio de titularidad lo tiene que hacer el juzgado y que si los impuestos, etc, todavía están a mi nombre, los tendré que pagar yo. Quisiera saber de quien es la obligación del cambio de titularidad.

Quisiera que me asesorara porque estoy desesperada, no solo me quedo sin casa y con una deuda de por vida, sino que me tengo que hacer responsable de los pagos de una casa que no es mía.

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Entiendo que hay que separar las cuestiones. No es la misma responsabilidad la que incurre con el banco y la que corresponde al IBI, Luz, Agua y Comunidad.

Lo primero, debe usted comunicar al Ayuntamiento, a la empresa de la luz, la del agua, etc que ya no es propietaria. Puede aportar el Auto o decreto de adjudicación y se darán por enterados.

En lo que se refiere al banco, entiendo que usted puede oponerse a la ejecución del banco, Hay motivos para ello. Quizás pensó que lo mejor era quedarse quieta y eso es precisamente lo que le llevará a la perdición.

Si no se ha opuesto a la ejecución, debe hacerlo cuanto antes. Si no dispone del Auto de adjudicación, solicítelo en el juzgado. Hay que saber si el banco ha transmitido el piso a nombre de un tercero o sigue estando a nombre del banco.

se le adjudicó la vivienda al banco,que es el actual propietario.no me opuse a la ejecución tal vez por mi ignorancia y creyendo que la justicia haría lo mas correcto.pero ahora me encuentro con que a pesar de haberse quedado la casa por ese valor tan bajo,siguen reclamándome 90.000€.tengo conocimiento que ya está en manos de abogados para reclamarme la deuda,pero es algo que no estoy de acuerdo ya que no se quedaron la casa por la mitad del valor de la tasación ,sino por el total de lo debido,y lo que me dijeron en el banco fue que no pudieron reclamar esa segunda hipoteca porque estaba en el periodo de carencia y "supuestamente no había deuda". pero es algo injusto....como debo oponerme a la ejecución?si eso fue en mayo de 2011,lo que si quisiera saber,es que si cuando llegue el momento de reclamarme la deuda judicialmente,yo podré oponerme y argumentarme...gracias por su respuesta.un saludo

Si no le han reclamado judicialmente, pero lo van a hacer, puede usted cuando llegue el requerimiento oponerse. ¿Los argumentos? Comprenderá que no los exponga gratis, es el fundamento de mi trabajo y fruto de investigación. La realidad es que puede y debe hacerlo.

El banco intentará fundamentar el importe con el auto de adjudicación y usted deberá ir solicitando al Registro de la propiedad, la certificación de cargas del auto de adjudicación y de las cargas posteriores. Mas que nada, usted necesitará fundamentar su opisición.

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