Piso en juzgado

Por varios motivos de trabajo me he quedado sin poder pagar la hipoteca y me han puesto en el juzgado . En estos meses he intentado vender el piso en varias inmobiliarias, ¿pero sin ninguna posibilidad de hacerlo . Mi piso tenia una tasación hace 3 años de 300000? Y empecé a intentar venderlo por 260000 hasta tener que llegar a 195000 sin ni siquiera un posible comprador . Mi hipoteca es de 185000 y con lo que debo de retraso supera los 195000 . He intentado renegociar todo con el banco pero no me dan alternativas por mi situación en rai asnef, dicen que van a quedarse con la casa porque realmente tienen un valor mayor y que les conviene subastarla . Les he explicado que aunque la tasación sea muy alta, no hay mercado y que he intentado vender para pagarles sin querer ni un euro de más . Realmente no se que hacer, si me quedara así sin hacer nada, ¿en cuánto tiempo llegaría la subasta y mi supuesta salida de la casa?
¿Si en el momento de la subasta se vende por ejemplo en 150000?, ¿Qué pasaría con el resto del dinero que debo al banco? Siendo una hipoteca o sea préstamo garantizado por un inmueble, ¿se quedaría el banco con los 150000? Sin poder reclamarme lo que queda, o aun siendo sobre el piso, ¿podrían reclamarme a mi personalmente lo que queda de deuda?
En el momento de mi crisis tuve que salir del piso y lo alquile, me han comentado que así es más difícil de subastar porque el contrato supuestamente se tiene que respetar, ¿pero también es válido si el contrato no esta registrado?

3 Respuestas

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Hasta que el juez dictamine el embargo de los bienes tras un juicio, en este caso le sugiero que busque ayuda legal.
Respecto a las deudas no cubiertas con la venta en subasta del piso seguirá vd., constando como deudor de esas cantidades y debiendo de responder por ellas con los bienes futuros que vd., incorpore a su patrimonio, incluidos futuros salarios hasta el máximo del salario mínimo interprofesional.
Te puedes meter en un buen sidral con lo del piso, lo primero es que si lo tienes alquilado debes de hacerlo legalmente, por otro lado, si conocías la situación y lo alquilas puede considerarse un intento de ocultación de bienes pero si aún así se procede al desalojo tendrás el problema con el banco y con la demanda que te va a poner el inquilino, por el momento yo legalizaría el contrato de alquiler y procedería a pedir una moratoria al banco, trata de conseguir un trabajo, de refinanciar la deuda, de conseguir un acuerdo como sea.
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Si no tirnrs otra forma de solucionar tu hipoteca, no te queda otra que esperar que el banco subaste el piso y si lo vende por menos del importe de la hipoteca seguir pagando tu el resto. Si lo vende por más, está obligado a pagártelo.
Si tienes inquilinos puede resultar más difícil la venta, pero de cualquier manera se puede hacer. Si no tienes contrato de alquiler puede ser más rápido el desalojo
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En primer lugar siento que se encuentre en dicha situación la cual ciertamente es complicada.
Realmente en caso de que no pueda vender la casa y visto que no consigue que ni su entidad ni otra refinancien la deuda la ejecución hipotecaria seguirá su curso con la subasta y adjudicación del bien.
En un último caso intente negociar con la entida la posibilidad de que se adjudiquen la vivienda en concepto de pago (dación en pago).
Si la ejecución hipotecaria continua la vivienda puede ser subasta en el plazo de un mes más o menos. La vivienda saldría a subasta como mínimo por el importe señalada a tal fin en la escritura de préstamo (puede consultar ese dato en la copia simple de la misma que debe tener o en caso de no disponer de ella solicitar copia simple en la notaria donde formalizó el préstamo). Ese mínimo únicamente operaría en primera subasta si en esta no se lacanza dicho mínimo se convocaría nueva subasta sin límite.
En caso de que no hubiese pujas suficientes al menos para hacer frente a la deuda lo normal es que la entidad decid adjudicarse el bien en concepto de pago.
Si el piso es subastado por un importe mayor a la deuda el banco cobraría su deuda y el sobrante sería para usted.
Si el piso es subastado por importe menor a la deuda que daría subsistente la deuda por la parte restantereclamandole la entidad personalmente contra usted ya que el deudor responde de sus obligaciones con todos sus bienes presentes o futuros.
¿Respecto al alquiler si existe un contrato privado correctamente formalizado se debe respetar salvo que pueda acreditarse que el mismo se ha realizado en fraude de ley( acción de devastación) Ej. Alquilar el piso durante 30 años a razón de 50? Mes.
En caso de que requiera alguna acalración al respecto no dude en preguntar

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