Cambios de las condiciones de subrogación del préstamo hipotecario fijadas en la escritura

Hola expertos,

por fin nos van a dar las llaves de nuestro piso de cooperativa y vamos a subrogarnos al préstamo hipotecario que nos corresponde. La vivienda es VPPB.

La caja que nos dio el préstamo al promotor y con el que hicimos una escritura de préstamos hipotecario para poder construir las viviendas, nos dio unas condiciones iniciales que se fijaron en dicha escritura y que os pongo a continuación:

Plazo de amortización: 300 meses
Índice del tipo de interés: Euribor a 1 año. Revisión anual.
Diferencial: 2% (bonificable en función de la vinculación que adquiera el cliente)
Comisión de subrogación: 0,125%
Comisión de amortización/cancelación anticipada: 1% (exenta en primera trasmisión)
No obstante lo anterior y ahora que nos tenemos que subrogar, la directora de la Sucursal nos ha informado que a efectos de las subrogaciones pretenden novar el crédito un punto hacia arriba (Euribor + 3) con la posibilidad de llegarlo a bonificar en ese punto a cambio de la vinculación con la Entidad (domiciliación de nóminas, seguros …). Si bien dicho porcentaje de bonificación también estaría en función del importe de las nóminas y otros factores.

Mi pregunta es: ¿pueden hacer esto? Si está estipulado en una escritura firmada por las dos partes ¿pueden ellos ahora venir y cambiarnos las condiciones?

Muchas gracias.

Un saludo

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