Lo típico: venta y compra de vivienda habitual.

Creo que voy a tener un problemilla con los amigos de hacienda, y necesito asesoramiento.
Resulta que viviendo en barcelona, ¿compré un piso por valor de 87000? A los dos años se vino a vivir conmigo mi novia y hemos tenido dos hijos, ¿otros dos años después he vendido el piso (estaba unicamente a mi nombre) por 147000?. De esta cantidad, ¿tuve qué pagar 12000? A la inmobiliaria y 66000e para cancelar la hipoteca, ¿por lo que el beneficio fue de uno 69000?.
Ahora es cuando viene el problema, con ese dinero, hemos comprado a nombre de los dos otro piso, en Cádiz, donde actualmente residimos, he invertido la totalidad del dinero, ¿y aun nos ha quedado una hipoteca de 66000?, pero en hacienda me dijeron, que como no estamos casados, yo no he dado esa cantidad de dinero, unicamente la mitad, ya que la otra mitad se considera que la pagó mi pareja. Es demostrable que esto no fueé así, ya que todos los pagos están hechos a mi nombre.
Como ves la cosa, por que no tengo un duro como para tener que pagar un pastos a hacienda por una cosa que ya he pagado.
Ademas también tuve que pagar notarios, cancelaciones e impuestos típicos, lo cual lo pague con mis ahorros.
Pd: ¿Los últimos 17000? Que tenia ahorrados, se los di a un hermano para comprarse un piso, ¿esto ultimo desgrava?
Respuesta
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Entiendo que me dices que en la escritura de propiedad del nuevo piso constáis los dos, pero únicamente queréis que la deducción por la adquisición te la apliques tú, pues eres el que debes aplicar la reinversión, ¿correcto?
Si esta es la pregunta, no entiendo lo que te han dicho en Hacienda, porque tendría lógica que te dijeran que se entiende que habéis comprado y pagado entre los dos precisamente si estuvieseis casados en régimen de gananciales, no en caso de que seáis pareja de hecho!
No te preocupes, si no estáis casados y puedes acreditar que todos los pagos los has hecho tú, debe entenderse que la deducción te la deben aplicar SOLO TÚ.
Otra cosa es que, al constar ella en la escritura como propietaria, y no constando ningún pago por su parte, se entienda que tú le estás haciendo una donación a ella, y os reclamen ese impuesto, aunque eso es más difícil que se pongan a mirarlo.
Respecto al dinero que le diste a tu hermano... ¿pagaste por el impuesto de donaciones cuando se lo diste? ¿No, verdad? Pues aunque te parezca mentira hay que hacerlo... no te preocupes, nadie se va a dar cuenta, pero lo que está claro es que no te lo vas a poder desgravar, de hecho, yo no lo diría muy alto.
Atentamente,
rch01
Entonces, si yo demuestro que los 10 millones que tuve de beneficio en la venta del piso, ¿los pague íntegros para la compra del nuevo(es fácil por que todo es a través del banco) no me pueden reclamar el 15% de la mitad de esos 10 millones? Entonces no se por que puñetas en hacienda me tuvieron que asustar de esa manera.
Muchas gracias.
Menos mal, me estas dejando mucho más tranquilo,
Muchísimas gracias por todo
Yo ya te he dicho que yo no lo entendía tampoco.
Vamos a ver, el problema, como te he dicho, lo tendríais por el Impuesto de Donaciones, pues tú le estás regalando la mitad de la propiedad de un piso sin poner ella a cambio dinero.
Pero, lo que no te pueden decir es que tú no has hecho la reinversión íntegra cuando vendes un piso íntegramente de tu propiedad y compráis otro en el que tú reinviertes todo lo tuyo, desde el punto de vista del IRPF, todo es correcto.
Ya puestos, para hacer las cosas bien en caso de que llegue alguna inspección, podríais mirar cuánto os cuesta liquidar el Impuesto de Donaciones (la base de cálculo sería la mitad del precio del piso). Como ese impuesto no es estatal yo no te puedo informar, pues desconozco cómo está regulado en Cádiz.
Y por lo demás no te extrañes, en Hacienda tienen vicio de asustar a la gente.
Atentamente,
rch01

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