Piso de mi novio:ponerlo a nombre de los dos.

Mi novio tiene un piso y queremos ponerlo a nombre de los dos.
¿Qué coste tiene este tramite? ¿Qué habría que hacer? ¿Si estuviéramos casados seria más barato?
Todo esto viene porque voy a vender mi piso y con el dinero que obtenga;desearía reinvertirlo en la vivienda de mi novio, para que hacienda lo considere como reinversión y no tribute. ¿Existe alguna manera de que meta ese dinero en la vivienda sin estar la misma a mi nombre y empadronarme en ella y que luego hacienda no me cobre por lo ganado en la venta?

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En relación al ámbito estrictamente fiscal.
La exención de la ganancia patrimonial por la venta de la que es tu vivienda habitual, requiere que el precio total obtenido (en otro caso es proporcional) de la venta de tu vivienda se reinvierta en otra que sea o vaya a constituir tu nueva vivienda habitual, por ello se requiere la titularidad o la cotitularidad de esta para que te puedas beneficiar de la exención.
Por tanto a tu pregunta, la respuesta es NO. Si no quieres tributar has de comprar la parte correspondiente a tu novio con el dinero obtenido de la venta.
En cuanto a los trámites a hacer, (esto no es de mi ámbito), pero deberás hacer escrituras de la compra-venta en la que figuren los porcentajes de propiedad en los que cada uno participa en la vivienda, y obviamente deberás inscribir la nueva condición de la vivienda en el Registro de la Propiedad.
En cuanto a los costes, lo siente pero no te puedo ayudar.
Hola, gracias por la repuesta.
¿Podría entonces hacer una donación de mi piso de un 1%, por ejemplo, para que ambos constemos en la escritura y así mi pareja reinvertir en mi vivienda?
Cuanto menor sea la donación, menores serán los gastos, pero mi pareja constara en la escritura y ademas va a ser vivienda habitual.
Un saludo
Creo que no me he explicado bien, para beneficiarte de la exención has de reinvertir el dinero obtenido en tu vivienda habitual.
Si tu le donas el 1% a tu pareja, el piso será un 99% tuyo y un 1% de tu pareja, y cuando ella reinvierta en tu vivienda, lo que te estará haciendo es una donación por el importe de la reinversión, la cual obviamente no dará derecho a la exención por reinversión.
Si reinvierte el precio en tu vivienda, lo que esta haciendo es comprarte la parte correspondiente del piso alterando la titularidad, lo que originará nuevos porcentajes de titularidad del piso, los cuales han de figurar en la escritura que posteriormente se inscribirá en el Registro.
Cualquier otra figura si lo piensas no es válida, y por tanto no da derecho a exención.
Hola de nuevo,
quizá no me explique bien.
Yo dono el 1% de mi piso a mi pareja.
Mi pareja con el dinero de un piso(vivienda habitual)que ha vendido, lo reinvierte en la ya vivienda de los dos(99% uno y 1% el otro)y que va a ser vivienda habitual de ambos.El dinero que gana el lo reinvierte en una vivienda habitual, aunque tenga solo el 1%.
Un saludo
Pero si reinvierte ese dinero en la vivienda de la que posee un 1%, o aumenta el porcentaje de propiedad en la vivienda o en otro caso lo que esta haciendo es donarte a ti el dinero.
Con números:
Si la vivienda vale 200.000 euros y queda por pagar un préstamo de 150.000 euros. Si tu le cedes un 1%. La situación es como sigue.
48.000 euros corresponde a la parte que has pagado.
150.000 euros te quedan de pagar de préstamo.
2000 euros es supuestamente la parte de tu pareja.
Si con el dinero de la venta del piso de tu pareja se cancela en 98.000 euros el préstamo, obviamente ese dinero te lo ha donado, no se ha reinvertido en su vivienda ya que sólo posee el 1%.
En cambio si tu le vendes el 50% del piso, de tal forma que con los 100.000 euros te da a ti 25.000 por la parte que ya has pagado y el resto lo destina a cancelar el préstamo, en este caso ella ya ha pagado el 50% del piso que es su parte, en caso de que además siguiera pagando el resto del préstamo en este caso sería suya más de la mitad de la vivienda y así debería hacerse constar en la escritura.
Espero que ya te haya quedado definitivamente resueltas tus dudas.

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