Pagar a hacienda

Hola, ¿en el año 2001 me compré una vivienda por valor de 114.189?, ¿En el año 2004 realice una ampliación de hipoteca con un total de 153.000? ¿Y el mismo año me compré otra vivienda por un valor de 210.000? Que me han dado las llaves ahora y va ha pasar ha ser mi vivienda habitual.
¿Ahora tengo en venta la primera vivienda por 270.000?. Por lo tanto estoy pagando dos hipotecas.
Mi pregunta es ¿cuánto voy a tener que pagar a hacienda cuando haya vendido la casa, ya que se ha revalorizado bastante?
Por supuesto la primera hipoteca la cancelo y parte de la segunda.
Respuesta
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Compraste una vivienda en 2001 por 114.189 que era la habitual que vas a vender en el 2005 por 270.000 ¿no?
Pues tus ganancias patrimoniales serán el valor de Venta menos valor de compra
(270.000 - 114.189 = 155.811'00) de los que pagas el 15% salvo si pides exención por reinversión en otr viv. Habitual. En el plazo de dos años desde la venta, que podrán ir tanto por delante como por detrás.
Te recuerdo que estas Ganancias patrimoniales las he calculado sin tener en cuenta los gastos que ocasione la futura venta que deberás descontar de ese importe (imp. Plusvalía, gastos de cancelación hipoteca si la hay, comisiones inmobiliarias, etc) y los gastos que te ocasionó la compra en el 2001 que deberás añadir al precio de la compra (notarios, escrituras, gastos bancarios por hipoteca, etc...), ademas de que el precio de compra (114.189.-) se revaloriza con el paso de los 4 años que la has tenido.
Así que con estos gastos tus ganancias Patrimoniales deberán ser MENORES de los 155.811 que te he indicado...
Para quedar exento por reinversión deberás reinvertir TODO lo obtenido en la venta ( los 270.000.-) en el nuevo piso. SOLO en ese caso te podrás descontar la hipoteca que te quede pendiente (pero sera sin incluir la ampliación ... ademas seria absurdo decir que para un piso que te ha costado 114 todavía debes después de 4 años 153 ¿no?) Así que como no dispongo de datos reales por ej. 270.000 menos 90.000 de hipoteca pendiente antes de ampliar, deberás reinvertir 180.000 en el nuevo piso. El resto que te quede pendiente del nuevo piso (210 - 180 que reinviertes) lo podrás pagar con una nueva hipoteca que te seguirás desgravando
Para la declaración de la renta de 2004 solo deberás desgravarte los pagos de tu actual vivienda (hipoteca), como si no te hubieras comprado otra.
Es cuando hagas la declaración de 2005 (suponiendo que vendas en el 2005) cuando deberás declarar la venta y entonces indicar lo que has pagado por la nueva al solicitar la exención por reinversión.
NOTA IMPORTANTE; si tanto la venta del piso como la compra (escritura) del nuevo la haces en el mismo ejercicio (año) y reinviertes TODO lo obtenido en la venta menos la hipoteca pend. En el nuevo piso por lo que quedas exento del pago, ademas NO ESTAS NI OBLIGADO A DECLARAR ESA VENTA
Realmente como no les vas a pagar pues no les importa saber si has vendido o no... jaja así funciona hacienda
Un saludo y es no tienes más consultas.

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