Ibi

Hola, fulma: tengo una duda sobre un tema que ya has tocado, y es para poder calcular el perido voluntario. El ibi, ¿se paga por año vencido o año en curso?, gracias anticipadas.

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<%=Texto%>se paga por año en curso, lo que pasa que unos Ayuntamientos empiezan a cobrar en abril y hay otros que lo hacen en noviembre (normalmente los pueblos).
Para tu información te diré que el responsable del pago es el que sea titular del piso el uno de enero del año.
Espero haberte aclarado la duda. Por favor puntúame la respuesta. Es muy importante para mi .

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