Compra segunda vivienda

Hola, quiero comprar una vivienda escriturada en 21000000 de pesetas y pretendo vender mi vivienda actual por 25000000. De esta última me quedan por pagar 7000000 de hipoteca, con lo cual dispondría de 18000000 para adquirir la nueva. Mi pregunta es si necesariamente tengo que reinvertir los 18000000 en la nueva hipoteca que voy a hacer, o si por el contrario puedo reinvertir sólo una parte y que consecuencias fiscales tendría ésto.

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Evidentemente puedes reinvertir solo una parte, pero esto te supondría pagar impuestos en la misma proporción en que reinviertas
Pero para poder contestarte correctamente necesitaría saber algunos datos:
Sobre el piso que venderás por 25 kilos:
-Fecha de compra
-Valor que lo compraste
-Gastos de la compra
La vivienda la compré en el 99 por 10500000 y los gastos de compra fueron de 1000000 aproximadamente.
Y buenos días...
Te confirmo que si reinviertes los 18 kilos quedarías exento/a del impuesto, osea que no pagarías nada.
Te solicité los datos para exponerte un caso práctico en el que solo reinviertas por ejemplo 14 kilos y así te hagas la idea de la diferencia.
Debo adevertirte primero que como el programa es para la renta del 2004, deberemos "fingir" que vendes en el 2004 (en lugar de 2005)
Y que en lugar de haberlo comprado en 99 lo hiciste en el 98 (esto es para que quede constancia que el piso lo has tenido durante unos 6 años, y es porque el valor del piso se revaloriza ¿ok?
Por eso deberás tener en cuenta que los números serán solo aproximados ¿vale?
A ver... ¿pongo cantidades en?
Valor venta 150.253,02 (25)
Hipot. Pend. 42.070,85 (7)
Valor a reinvertir (18)
Valor compra 63.106,27 (10,5)
Compra actualiz. 70.918,83
Gastos compra 6.010,12 (1)
Gtos. Cmpra act 6.754,17
TOTAL compra act: 77.673,00
Tus Ganancias Patrimoniales son la diferencia entre el valor de la venta (150.253,02) y la compra actualizada (77.673), es decir, 72.580,02 y es por esta cantidad por la que se paga el famoso 15%
Ahora bien, como indiqué más arriba, el importe que debes reinvertir para quedar exento es de 108.182,17 (18), así que si lo reinviertes todo pagas = 0
Si por ejemplo reinviertes solo 84.141,69 (14 kilos) seria hacer una regla de tres:
Lo que debes reinvertir para quedar exento (108.182,17) es a las GP. (72.580,02)
Como lo que realmente inviertes (84.141,69) a la parte exenta y esta parte exenta es 56.451,13
+ la operacion matematica seria (84.141,69 x 72.580,02) : 108.182,17 = 56.451,13
El resultado es la base proporcional que te queda exenta (56.451,13), se descuenta de las ganancias patrimoniales (72.580,02) y es por esa diferencia de 16.128,89 por la que pagarías el 15%, es decir pagarías 2.419,33
Para nuevos ejemplos debes sustituir la cantidad 84.141,69 en la operación matemática de más arriba, por la que consideres oportuno reinvertir, luego el resultado lo descuentas de las GP y obtienes la parte NO exenta del impuesto.

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