+ sobre plusvalias de compra-venta

Tengo una pregunta sobre plusvalías para que alguien me pueda ayudar, ahí va:
Compre un piso en abril del 2000 por 87.87.146,76(Escritura) y este 2005 me lo cambio por una casa que me cuesta 270.455,45(Escritura) del piso me queda una hipoteca de 58.298,17 y lo he conseguido vender por 184.510,72(Escritura), haciendo cálculos para la casa pediremos unos 174.293,51 de hipoteca (Incluida el pago de la antigua hipoteca), teniendo en cuenta que vendo y compro en el mismo año 2005 y reinvierto en vivienda habitual... ¿tengo qué pagar plusvalías? ¿En caso afirmativo de cuanto más o menos?
Respuesta
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Ante todo decirte que todo lo que comentas es para la declaración del año 2005 que se hará en mayo de 2006
¿Ok?
Te confirmo que si tanto la venta como la compra del nuevo se hace en el mismo año y se reinvierte TODO lo obtenido en la venta (184.510,72) menos la hipoteca pendiente (58.298,17), es decir, se REINVIERTEN 126.212,55 para quedar exento del impuesto, no deberéis declarar la venta.
NOTA: en resumen, debéis reinvertir en la casa nueva al menos 126.212,55 para quedar exentos del impuesto.
Os lo comento porque si la nueva vale 270.455,45 y reinvertis en ella los 126.212,55 os quedaría una hipoteca de 144.242,90... y me estas comentando de pedirla por 174.000 con lo que me da que pensar que no reinvertireis los 126.000
En ese caso pagaríais el 15% de vuestras GP (GP = unas 88.335,56) en la misma proporción de la reinversión parcial que hagáis...
Para que sepas cómo se calcula todo esto...
Las ganancias patrimoniales son valor de venta (184.510,72) menos valor de compra (87.146,76 pero actualizado por haberlo tenido casi 5 años sera de 96.175,16), así que vuestras Ganancias Patrimoniales (GP) serán de 184.510,72 - 96.175,16 = 88.335,56
Cuando hablamos de exención por reinversión, se hace otro cálculo... Valor venta 184.510,72 menos hipoteca pendiente 58.298,17 = importe a reinvertir para quedar exento: 126.212,55
Si no se reinvierte todo se hace una regla de tres para sacar la base proporcional que quedara exenta por reinversión...
Dado vuestro caso si la casa nueva vale 270.455,45 y pretendéis que os quede una hipoteca de 174.293,51, resulta que solo vais a reinvertir 96.161,94
Así que la regla de tres seria:
Lo que debéis reinvertir para quedar exentos (126.212,55) es a vuestras ganancias patrimoniales (88.335,56)
Como lo que realmente reinvertis (96.161,94) es a la parte exenta. La base exenta de esta regla de 3 es 67.303,28 que deberéis descontar de las GP, quedándoos una base no exenta de 21.032,28 (88.335,56 - 67.303,28) sobre la que pagaríais el 15 %
PD: cuando preguntas si debes pagar plusvalías entiendo que te refieres al impuesto de ganancias patrimoniales. Las plusvalías es un impuesto municipal que debes pagar cuando vendes el piso y ese importe se debe descontar como gasto a la hora de declarar el importe de la venta...
Espero haberos aclarado las dudas y por favor, si no hay más consultas, no olvides puntuar la respuesta...
Todo aclarado, sí que me refería a ganancias patrimoniales, lo de las plusvalías es otra cosa perdón por liarte.
Muchas gracias, me has sido de una gran ayuda.

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