Vivienda
Soy propietario de una vivienda por la que me desgravé en su momento.En el 2.004 he adquirido un piso y entregado unas cantidades a cuenta al promotor; el año que viene, cuando me lo terminen de construir, venderé el piso antiguo y me mudaré al nuevo, amortizando parte de la hipoteca con la venta del antiguo.Mi pregunta es: puedo deducirme las cantidades entregadas al promotor, teniendo en cuenta que las cantidades invertidas en la misma superan las invertidas en la anterior, sólo declaría la diferencia.
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Respuesta de rm13
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