Valores de adquisición

Hola, mi duda es la siguiente. En 1998 compré una vivienda que vendí el pasado año, 2004. No he reinvertido en la compra de otra vivienda y era la habitual y única que tenía. El caso es que la venta la hice para poder cancelar las hipotecas que sobre ella tenía. En el cálculo del valor de adquisición ¿puedo además de poner los gastos de notaría, registro, plusvalía, AJD los de las diferencias con respecto al principal de dichas hipotecas que en su día se me concedieron y que cancelé el pasado año?. Una de las hipotecas fue para reformar el piso (baño, cocina, suelos...) Pero no tengo facturas de dichas reformas pues me las hicieron unas amistades y no les pedí factura. ¿Puedo declarar el importe de las reformas como mayor valor de adquisición sin tener facturas que lo acrediten?
Bueno, ante todo muchas gracias por la ayuda y espero hacer las cosas mejor la próxima vez.Un saludo

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En el valor de adquisición sí pueden poner los gastos de todas las hipotecas que haya tenido que pedir siempre y cuando no haya aumentado el capital pendiente.
Los gastos de esa reforma que comenta y los de su correspondiente hipoteca no los podrá tener en cuenta al no tener factura completa que justifique los mismos ya que así lo exige la aeat.

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