Desgravación

Estoy haciendo la renta de un matrimonio amigo. La declaración es individual y cada uno se desgrava la vivienda que compró antes del matrimonio y que está en las escrituras a su respectivo nombre. Cuando en el programa PADRE pide porcentaje de participación en la vivienda habitual yo entiendo:
1.- En el caso de régimen en separación de bienes, ¿debo poner 100 % porque en las escrituras sólo está el nombre de una persona?
2.- En el caso de bienes gananciales ¿qué porcentaje se pone, también 100 %? ¿Y habrá entonces que poner el 50 % de la vivienda del otro cónyuge como renta imputada? Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
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Te respondí ayer pero me dio un error y hoy veo que no te envió la respuesta...
Allá vamos...
Como cada uno es único dueño de su propia vivienda, es propietario al 100%
Ninguno es dueño del 50% del otro.
Es irrelevante la pregunta sobre la separación de bienes o gananciales, puesto que aun en el segundo caso ambos compraron cada uno lo suyo antes del matrimonio.
Pero ojo!
Para poderse desgravar cada uno la totalidad de su hipoteca de su respectiva vivienda, ésta debe ser su vivienda habitual, es decir, deben estar empadronados cada uno en su casa (con independencia de que vivan juntos en una y que la otra este vacía)
Si por casualidad estuvieran empadronados juntos en un solo piso, el que no esté en su casa pierde el derecho a deducirse por no considerarse vivienda habitual el piso de su propiedad puesto que no reside en el.
Un saludo y no olvides puntuar la respuesta

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