Impuestos a Hacienda

De soltera compré una vivienda en Tarragona, hace 6 años. Hace tres años compré un piso a medias con mi marido en Barcelona. Quisiera vender la vivienda de Tarragona y pagar la hipoteca que poseemos mi marido y yo en nuestra primera vivienda ¿tengo qué pagar a hacienda la ganancia patrimonial? ¿O al invertir en mi primera vivienda no es necesario?
Respuesta
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Deberás pagar a hacienda independientemente de cual de las 2 sea tu vivienda habitual
Si es la de tarragona, pagaras porque aunque la vendas no podrás acogerte a la reinversión ya que para ello hay dos años desde la venta y tu te compraste piso 3 años antes de vender...
Si es la de barcelona, pagaras porque la de tarragona seria tu segunda vivienda...
Hola, Por lo que me dices entiendo que ¿tengo qué pagar a hacienda porque han pasado más de dos años de la compra de la vivienda en la que actualmente vivo? Si en vez de hacerlo ahora hubiera vendido antes de comprar el piso de Barcelona ¿hubiera tenido que pagar igualmente?
Otra vez
No depende de que vendas antes de comprar... te explico..
Cuando vendes un piso puedes quedar exento del impuesto si reinviertes en otro... pero el problema es que para la reinversión tienes 2 años... y estos pueden ir tanto por delante de la venta como por detrás... y suponiendo que vendas ahora, ya hace 3 años (y no 2) que compraste el otro, así que no te vas a poder acoger a la reinversión que es la única forma de no pagar el 15% a hacienda de los beneficios obtenidos en la venta.
Hola, Muchas gracias por tu aclaración. Si en vez de reinvertir en la vivienda que tenemos actualmente, nos vamos a vivir a otra provincia y nos compramos otro inmueble para poder vivir, el cual sería a partir de entonces nuestra vivienda habitual y reinvierto la venta de Tarragona en este nuevo piso ¿tendría qué pagar a hacienda?
Otra vez
¿Estamos hablando ahora de comprar una tercera vivienda?
Para este caso que planteas solo te librarías de pagar a hacienda si la vivienda que vendes (tarragona) fuera vuestra vivienda habitual.
Así estarías vendiendo tu casa habitual y te podrías acoger a la exención por reinversión en otra nueva para la que tendrías un plazo de 2 años desde la venta.
Pero entonces te quedaría la vivienda de barcelona y cuando la quisieras vender deberías pagar por ello.
También debes tener claro cuál es tu vivienda habitual, si la de Tarragona o la de barcelona.
Si te estuvieras desgravando la de barcelona seria ésta y no te podrías acoger a la reinversión

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