Consulta hacienda

Quisiera que me aclarases una duda que tengo.
En diciembre de 2003 compré un piso en Sevilla que me costó 14 millones de pesetas (gastos de notaría y hacienda incluidos)con un 3´5 % de ITP, pero se escrituró en 8 millones.
En febrero, para incluir a mi novia en escritura, le vendí la mitad del piso. Dicha venta se escrituró en 12,5 millones de pesetas y se pidió una hipoteca de 17 millones para que quedaran unos 3 millones para pagar gastos y hacer una reforma.
Ahora me dicen que tengo un incremento patrimonial de 8´5 millones de pesetas y que hacienda me reclamará en el siguiente ejercicio el 20% de dicho incremento.
¿Es eso cierto?
Si es así, ¿De qué manera podría solucionarlo?
Me han comentado que lo ideal sería comprar otra vivienda sin vender la actual y que así sólo pagaría el ITP resultante de la Compra-Venta.
¿Qué me aconsejas que haga?
Respuesta
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Por lo que me comentas, sí tendrías el incremento de patrimonio que dices. Éste es uno de los problemas cuando se escritura por debajo del precio real, que luego la plusvalía en el momento de venta es muy elevada y uno tiene que pagar impuestos sobre un incremento de patrimonio que no ha tenido (sólo lo ha tenido parcialmente en realidad).
Tendrás que tributar a Hacienda por dicho incremento. La verdad es que no tiene buena solución, porque ya no puedes echar atrás la venta realizada (lo ideal hubiera sido hacerla por un precio menor, al menos en la escritura).
Yo sería partidaria de que vendieras esta vivienda (si es que es tu vivienda habitual) y adquierieras otra vivienda habitual: en este caso la plusvalía generada en la venta la reinviertes totalmente en la adquisición de la nueva, y entonces no tributa. Si dicha plusvalía sólo la reinviertes parcialmente, tendrás que tributar únicamente por la parte que no reinviertas. Para hacerlo así tienes que cumplir los requisitos de que ambas viviendas (la vendida y la que adquieras) tienen que ser vivienda habitual, sino no es posible aplicarse la exención de tributación en irpf.
Es decir, la reinversión de la plusvalía que obtengas al vender tu vivienda habitual en la dquisición de tu nueva vivienda habitual está exenta de tributación por irpf.
Si compras otra vivienda sin vender la actual no veo por qué no tienes que tributar por irpf. No acabo de entender lo que te han asesorado o quizás olvidas comentarme algo más, pero no comparto la solución que te han comentado.
Si tienes alguna duda más, no dudes en consultarme.

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