Impuestos por alquiler de vivienda

Actualmente vivo en un piso de alquiler en Madrid con otros 2 compañeros más. El dueño del piso quiere regularizar el contrato para que el año que viene él pueda declararlo y nosotros podamos deducirnos parte del alquiler. Pero tenemos algunas dudas que queremos aclarar antes de hablar con el dueño. La cantidad ha deducir por el alquiler del piso es el 20% del alquiler hasta un máximo de 840 euros anuales. No sabemos si son por piso o por persona ¿puedes ayudarme en esto? Por otra parte, el dueño pretende subirnos el alquiler tanto como lo que él tenga que pagar por declarar el piso (por declarar el alquiler que nos cobra), pero no sabemos cuanto es esa cantidad. Lo digo porque quizá no nos interese que se regularice el contrato, ya que puede ser más el dinero que nos suba el dueño para pagar sus impuestos que lo que nosotros podamos deducir por el alquiler.

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Respuestas varias.
Respecto de la retención en los arrendamientos de inmuebles destinados a viviendas, la actual ley del I.R.P.F. excluye de la obligación de aplicar retención.
Esto quiere decir que cuando el arrendador os pase el recibo de alquiler no debe aplicar ninguna retención.
Debido a que el arrendador "reguarizará" la situación del arrendamiento a efectos fiscales, tendrá que declarar los rendimientos que obtenga y estos estarán sujetos al impuesto en el gravamen que resulte de los rendimientos obtenidos.
Esto quiere decir, que lo que pagará a Hacienda dependerá de la situación del arrendador, el total de sus ingresos menos los gastos deducibles.
Por tanto, dependerá de los futuros ingresos que obtenga el arrendador para que pueda hacerse una idea de cuanto pagar a Hacienda y cobrar a sus inquilinos.
Respecto de la deducción por alquiler de vivienda habitual, existen algunas comunidades que contemplan esta deducción, pero en la mayoría ya no existen. Salvo que el contrato de alquiler vigente se haya firmado antes del 24 de abril de 1998.
Dicho lo anterior, si tu comunidad no contempla la deducción te interesará no mover ningún papel; y si por el contrario te puedes deducir parte de ese gasto, tendrás que hacer los cálculos para ver si te resulta conveniente o no que se regulaice tu situación.
Hola.
Gracias por responder tan rápido.
En Madrid si que se contempla la deducción por alquiler de vivienda habitual. Se puede deducir el 20% de lo que se paga hasta 840 euros anuales. Lo que no sabemos es si esos 840 euros son por cada una de las 3 personas que vivimos en el piso o la suma de las deducciones de los 3.
Una vez tengamos esto claro, entonces veremos cuanto nos quiere subir el alquiler para "regularizar" la situación (pagar nosotros, con el aumento, lo que él tiene que declarar) y decidiremos si nos interesa o no.
Saludos.
La Comunidad de Madrid establece los siguientes requisitos para acceder a la deducción por alquiler:
1) Que seas menor de 35 años.
2) Que tu ingresos no superen los 22.500 euros anuales.
3) Que la fianza del alquiler se deposite en el IVIMA.
4) Que el precio anual del alquiler supere el 10% de tus ingresos anuales.
Si cumples con todos estos requisitos puedes optar a esa deuducción.
Respecto de la suma de las deducciones, en principio solo lo poddrán hacer quienes figuren en el contrato de alquiler. Los demás no.
Si figuráis los tres, el alquiler se divide entre tres por lo que puede que no lleguéis al cuarto requisito.
Ya me ha quedado más o menos claro. Tendremos que verlo despacio con el dueño, porque creo que no nos va interesar que lo regularice.
Muchas gracias por la rapidez y por la dedicación.

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